Felipe de la Mata, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propuso al pleno de la Sala Superior desechar diversas impugnaciones que presentaron diversos abogados aspirantes a participar en la elección de jueces, magistrados y ministros 2024-2025.
En su proyecto de resolución, que se analizará en una próxima sesión de la Sala Superior del Tribunal, el magistrado propuso desechar las demandas presentadas por aspirantes, al argumentar en algunos casos que se actualiza un cambio de situación jurídica, en otros la presentación de la demanda extemporánea, y en otros el acto es inexistente o la demanda carece de firma autógrafa o electrónica.
Se trata de las impugnaciones que presentaron Hugo Aguilar Ortiz, Ricardo García Contreras, Juana Luna Nava, Irma Paz Contreras Yáñez, Jorge Jannu Lizárraga Delgado, Jorge Mendoza Ruiz, Fernando Eduardo Alpuche Ojeda, Pedro Ángel Pérez Camacho, Pedro Ángel Pérez Camacho y Salvador Alberto Nassri Valverde, entre otros.
Lo anterior por haber sido excluidos de las listas depuradas que emitieron los comités de evaluación del Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo, para ser elegibles y continuar a la etapa de evaluación de idoneidad.
En sus demandas, los actores, respectivamente, alegaron que su exclusión de las referidas listas es incorrecta, pues aseguran que cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria publicada por los comités.
“No obstante, se considera que deben desecharse los juicios de la ciudadanía, dada la inexistencia material del acto reclamado”, planteó el proyecto del magistrado Felipe de la Mata, quien junto con los magistrados Mónica Soto y Alfredo Fuentes, tienen mayoría de votos en la Sala Superior.
En tanto, en otro proyecto, el mismo magistrado De la Mata plantea desechar una impugnación presentada por Alex Alí Méndez Díaz, quien acusó que el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federaldebió prever acciones afirmativas en el proceso de evaluación y selección de postulaciones para la elección extraordinaria de personas juzgadoras 2024-2025.
El magistrado estableció que la demanda debe desecharse por haberse presentado fuera del plazo de cuatro días previsto en la ley.