Cuándo entra en vigor IMSS obligatorio para trabajadores de plataformas digitales

Promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum, esta reforma asegura que los repartidores cuenten con prestaciones similares a las de cualquier trabajador formal. Entre ellas se encuentran el acceso a servicios de salud, vivienda, utilidades y otros beneficios establecidos en la ley.

Aunque se mantiene el esquema de contratación flexible característico de las plataformas, el marco legal busca equilibrar esta flexibilidad con la sostenibilidad y el cumplimiento de las nuevas obligaciones. Las empresas dispondrán de 180 días para implementar las medidas necesarias antes de la fecha de entrada en vigor.

La reforma introduce disposiciones específicas en la LFT que definen a las plataformas digitales como sistemas encargados de asignar tareas a trabajadores que prestan servicios subordinados a terceros. Estas tareas son supervisadas directamente a través de tecnologías de la información, aunque los propios trabajadores podrán determinar sus horarios y actividades.

Reforma en vigor a finales de mayo de 2025

La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que reconoce derechos laborales a los repartidores y demás trabajadores de plataformas digitales, fue publicada el 24 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor a finales de mayo de 2025. Este cambio tiene como objetivo regular las relaciones laborales entre las empresas de servicios digitales y sus colaboradores, garantizando acceso a prestaciones como seguridad social, vacaciones y aguinaldo.

El cambio también regula la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Para acceder a este derecho, será necesario haber acumulado al menos 288 horas de trabajo en el año. Además, la ley deja claro que los usuarios finales de los servicios no serán considerados empleadores; en su lugar, las plataformas serán responsables de calcular y pagar proporcionales de descansos, vacaciones, primas vacacionales y aguinaldos.

Multas y supervisión por incumplimiento

El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado con multas de hasta 25,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral tendrá la tarea de registrar los contratos bajo esta modalidad y aplicar las sanciones correspondientes a las empresas que no cumplan con sus obligaciones.

Además de las garantías individuales, la ley refuerza los derechos colectivos de los trabajadores, como la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva. Las plataformas estarán obligadas a implementar medidas con enfoque de género para prevenir la discriminación, el acoso laboral y la violencia, además de fomentar la conciliación entre la vida personal y profesional.

Este nuevo marco legal representa un paso significativo hacia la formalización de los derechos laborales de quienes trabajan en plataformas digitales, ajustando las dinámicas de este sector a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Con información de Informador.mx

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Lamenta Marco Bonilla muerte de Florencio Ramos Baeza

A través de las redes sociales, el alcalde de Chihuahua, Marco Bonilla, lamentó el fallecimiento  del señor Florencio Ramos Baeza, padre del secretario de la Unión Ganadera Regional de Chihuahua, Florencio Alfonso Ramos Quevedo.

"Con profundo pesar, lamento el fallecimiento del señor Florencio Ramos Baeza, padre del secretario de la Unión Ganadera Regional de Chihuahua, Florencio Alfonso Ramos Quevedo. Acompaño a su familia y amigos en estos momentos difíciles, esperando que encuentren pronto consuelo y resignación en Dios. Que descanse en paz", publicó en redes sociales el alcalde de Chihuahua.


Pifia en publicación de decreto

Vaya pifia la cometida en la elaboración y en la publicación relativa a la reforma judicial, en el decreto LXVIII / RFCNT/ 0172/ 2024 I P.O., emitido por la sexagésima octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, que fue enviado por el H Congreso del Estado, para su publicación, por parte del Ejecutivo, en el periódico oficial, pues se hizo a nombre del exgobernador Javier Corral Jurado, en lugar de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

En la edición correspondiente al 25 de diciembre de 2024, el decreto inicia, señalando que “EL CIUDADANO LICENCIADO JAVIER CORRAL JURADO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVDO EMITIR EL SIGUIENTE DECRETO”; lo anterior en lugar de hacerlo a nombre de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

Así que, habrá de verse qué procede con ese documento publicado, pues seguramente afecta la validez del documento, por lo cual puede proceder una fe de erratas o hasta una nueva publicación, según se considere.

Habrá que ver las repercusiones, que tenga esa publicación durante el día.

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En la edición correspondiente al 25 de diciembre de 2024, el decreto inicia, señalando que “EL CIUDADANO LICENCIADO JAVIER CORRAL JURADO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVDO EMITIR EL SIGUIENTE DECRETO”; lo anterior en lugar de hacerlo a nombre de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

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