BOGOTÁ (Proceso).– El jurista argentino Roberto Gargarella, un referente mundial en materia de constitucionalismo, dice que el proyecto de sentencia del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México, Juan Luis González Alcántara Carrancá, sobre la inconstitucional parcial de la reforma judicial, es una salida “inteligente” a la crisis constitucional que vive el país.
En entrevista con Proceso, el doctor en derecho de la Universidad de Chicago y autor de varios libros sobre teoría constitucional asegura que la reforma que impulsó Andrés Manuel López Obrador en el último mes de su gobierno es tan violatoria de las normas mexicanas e internacionales que a los juristas del mundo les resulta “muy sorprendente” que haya sido avalada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Gargarella dice que, en ese sentido, el proyecto de sentencia de González Alcántara Carrancá, que valida la elección popular de ministros de la SCJN, pero anula ese mecanismo para designar a jueces y magistrados, apunta a respetar preceptos constitucionales vigentes sin pasar por alto la coyuntura política que vive México.
“Me parece que es un esfuerzo importante por la solidez jurídica del proyecto y por la sensibilidad que muestra frente a la iniciativa tan vehemente de reforma judicial del gobierno”, dice el autor de libros clave en las facultades de derechos de la región, como El constitucionalismo latinoamericano 1810-2010 y Manifiesto por un derecho de izquierda.
El abogado argentino comenta que una decisión jurídica debe ser pensada para el contexto político en que se aplica, y ésa es una característica que tiene el proyecto de sentencia del ministro González Alcántara Carrancá.
De acuerdo Gargarella, posdoctor en derecho de la Universidad de Oxford y profesor visitante en universidades de Estados Unidos, Europa y América Latina, la comunidad de juristas occidentales tiene una posición “más drástica” frente a la reforma judicial que la del ministro González Alcántara Carrancá, por la cantidad de preceptos de la Constitución mexicana que viola.
“Pone la atención, por ejemplo, en la inconstitucionalidad del Tribunal de Disciplina, que puede llegar a supervisar, expulsar o sancionar a un juez con criterios que tienen un nivel de ambigüedad y de falta de precisión incompatibles con cualquier ordenamiento jurídico digno”, dice Gargarella.
Si bien González Alcántara Carrancá mantiene en su proyecto al Tribunal de Disciplina Judicial, invalida varias de sus amplias facultades, como la inapelabilidad de sus sentencias, y echa para atrás la figura de los “jueces sin rosto”, que está proscrita en la convención interamericana.
Para el jurista argentino, hay muchos puntos en el proyecto del ministro que van “en la dirección correcta”.
Además, señala, es muy importante dejar en claro que las decisiones que puedan tomar los órganos legislativos (la Cámara de Diputados y el Senado), aún con una mayoría extraordinaria, eso de ningún modo puede ser equivalente a la soberanía popular ni reemplaza a la soberanía popular, no es lo mismo ni debe ser identificada con ella”.
La carrera enloquecida del gobierno
De acuerdo con Gargarella, “en términos políticos y jurídicos es inaceptable” que un órgano legislativo se arrogue el derecho de actuar como poder constituyente o como representante de la soberanía popular.
Los juristas y teóricos del derecho, señala, deben ser “deferentes ante la mayoría del momento” que representa Morena, pero “también hay que decir que esa reforma, en términos jurídicos, es un retroceso; es antijurídica y anticonvencional”.
El constitucionalista argentino sostiene que lo que ocurre en México es de tal gravedad para el Estado de derecho y las “normas básicas de convivencia” señaladas en la Constitución, que los más destacados constitucionalistas de occidente son críticos de esa reforma y han estado atentos al desarrollo de los acontecimientos en México.
“Los observadores externos estamos en una absoluta perplejidad, yo no puedo salir del asombro”, señala.
El autor de Constitucionalismo progresista dice que el gobierno mexicano que encabeza Claudia Sheinbaum ha entrado “en una carrera enloquecida” en la que, cada vez que encuentra problemas para implementar su reforma judicial se siente con fuerza, se envalentona, y pisa el acelerador.
Yo no esperaba que el nuevo gobierno pudiera insistir con ese nivel de virulencia en esa reforma, y que se empeñe en pisar el acelerador cuando encuentra obstáculos y objeciones jurídicas.
Y tampoco esperaba que Sheinbaum subiera la apuesta y respaldara la reforma de “supremacía constitucional” que aprobaron de prisa las mayorías morenistas en la Cámara de Diputados y el Senado, y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes, con lo cual ya entró en vigor.
Según esa nueva reforma constitucional, “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas” a la Constitución”.
Pese a ese intento de “blindar” la reforma judicial, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará hoy martes 5 de noviembre el proyecto de sentencia del ministro González Alcántara Carrancá, el cual retoma los argumentos planeados por destacados juristas de varios países en un “Amicus Curiae” (opiniones de terceros en un juicio) presentado ante ese tribunal.
Entre los autores y firmantes de ese documento está el doctor Gargarella, quien expone que la comunidad jurídica internacional ha teorizado mucho sobre la eventual inconstitucionalidad de reformas constitucionales y sobre la facultad de las altas cortes para revisar las modificaciones a la Carta Magna.
Respaldo al ministro
Gargarella, profesor de derecho en las universidades Torcuato di Tella y de Buenos Aires y líder del proyecto “Cambios institucionales para el diálogo democrático” en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, señala que constitucionalistas de la talla del israelí Yaniv Roznai han asumido posiciones muy firmes contra la reforma judicial mexicana al considerar que altera normas fundamentales de la Constitución mexicana, como la separación de poderes.
Roznai es autor de Reformas constitucionales inconstitucionales, un clásico del derecho contemporáneo, y ha sostenido que la reforma mexicana es inconstitucional porque socava la independencia de los jueces.
Gargarella indica que en América latina “ya hay antecedentes muy importantes que han ayudado a forjar esta doctrina de que un tribunal puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de una reforma constitucional que toque las bases fundamentales del ordenamiento jurídico”.
Menciona el caso de la Corte Constitucional de Colombia, que en 2010 impidió al entonces presidente Álvaro Uribe presentarse a una segunda reelección consecutiva y que en 2016 declaró inconstitucional una reforma judicial al considerar que afectaba la separación de poderes consagrada en la Carta Magna.
“El principio de separación de poderes (…) no es susceptible de ser suprimido o sustituido por el Congreso mediante un acto legislativo”, señaló el tribunal.
Gargarella señala que, en su proyecto de sentencia, el ministro González Alcántara Carrancá hace bien en mostrar que la reforma judicial compromete principios constitucionales inmodificables, como el carácter republicano, representativo y federal de México, y la independencia de los jueces.
“Son elementos tan centrales en cualquier ordenamiento, pero en este caso, en el ordenamiento jurídico mexicano, esta reforma toca nervios sensibles y por eso requiere de un consenso extraordinario para llevarse a cabo, y del involucramiento de la sociedad, de la presencia activa del pueblo soberano y de una discusión pública, no en términos metafóricos ni de pura retórica, sino reales, de sentido común”, sostiene el jurista.
Por eso, señala, el proyecto de sentencia del ministro González Alcántara Carrancá ha ganado tanto respaldo de la comunidad jurídica.
Con información de proceso.com.mx