La Cámara de Diputados aprobó en la Comisión de Puntos Constitucionales la minuta de igualdad sustantiva para garantizar condiciones de igualdad a las mujeres en los ámbitos social, salarial, económico, jurídico y cultural.
Por unanimidad, legisladores de los seis grupos parlamentarios, respaldaron la iniciativa enviada al Senado por la presidenta Claudia Sheinbaum, quien ha enfatizado que se “busca saldar una deuda histórica del Estado mexicano con las mujeres”.
La presidenta de México ha mencionado que este reforma constitucional busca garantizar los derechos de las mujeres y una vida libre de violencias.
La minuta será discutida este martes en el pleno de la Cámara de Diputados, donde se prevé que se repita la votación por unanimidad.
Gabriela Jiménez, vicecoordinadora de Morena e integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, propuso que los legisladores lleven una prenda morada, “color de la igualdad”.
La propuesta faculta en el artículo 73 a las autoridades federales para conocer de las medidas y órdenes de protección que deriven de violencias de género en contra de las mujeres y de delitos del fuero común relacionados con las violencias de género contra las mujeres.
Se ordena la incorporación del principio de la perspectiva de género como principio rector de las fiscalías de los estados (artículo 116) y de la Ciudad de México (artículo 122).
Establece en el artículo 4 constitucional que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
“Toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias y que el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños”, indica.
En el artículo 21 constitucional se precisa que la seguridad pública contempla deberes reforzados de protección del Estado con las mujeres, adolescentes, niñas y niños.
También se incorpora la perspectiva de género en la actuación de todas las instituciones de seguridad pública.
La reforma amplía la paridad de género para que sea aplicable en los ayuntamientos, por lo que en el artículo 41 se establece que los nombramientos de las personas titulares en la administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y municipios, deberán observar el principio de paridad de género.
Con información de Latinus.