Para el magistrado José Martín Hernández Simental, titular del primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, según lo expresó, es increíble que con esta narrativa en contra del Poder Judicial, nos lleven a sistemas que existieron hace más de 200 años; el que se haga una votación para destituir a personas juzgadoras y saber quiénes se van en 2025 y 2007, es una decapitación a ese Poder, porque no les gustó la interpretación cuando es su facultad y lo que hicieron, en su consideración, es un golpe de Estado.
Para el magistrado con gran experiencia y carrera en el ámbito judicial, ese acto, de parte del Legislativo, ya no fue de carácter jurídico, pues este aspecto no les interesa, pues es algo de facto “sabes que no me gusta y la quito”.
El que lleguen y le digan al Poder Judicial que ganaron una votación mayoritaria y tienen derecho a reformar la Constitución como quieran, esa es la discusión del tema, apuntó, que se va a ver en la sentencia en los próximos días, por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, revisar si hay un núcleo duro en la Constitución, que no pueda ser tocado, entre estos la independencia judicial, apuntó.
Comentó, además, que el concepto de democracia, que proviene el sistema norteamericano se destruye con este tipo de política o de reforma judicial.
Ese concepto de democracia del sistema norteamericano, tiene que ver con tres elementos como son el Estado de Derecho, División de Poderes y la Independencia Judicial; este último, señaló, es el darles garantías a los jueces.
En tanto que la División de Poderes, significa que cada uno tiene una facultad y para que haya un equilibrio, no se pueden tocar e invadir, expresó.
En el caso del ejecutivo, dijo, su máximo poder es el ser comandante de las Fuerzas Armadas, que tiene la fuerza física, pues en cualquier país democrático, el presidente o presidenta, es el comandante supremo y aparte le corresponde la distribución de los recursos.
Por su parte, el legislativo tiene la facultad de legislar, no obstante, la principal es la de las contribuciones, pues se ocupan de fijar los porcentajes sobre los ingresos de las personas.
En cambio, en el Judicial, desde su concepción tiene la facultad exclusiva, de decir qué dice el Derecho y ser el máximo intérprete de la Constitución, señaló.