Jueces y magistrados consideran que la ley de supremacía legislativa aún es impugnable

A unas horas de haber sido aprobada, la ley conocida como de supremacía legislativa constitucional aún puede ser impugnada, advierten jueces y magistrados.

En la conferencia matutina de los jueces, el magistrado Juan José Olvera López consideró que el proceso aún está en la cancha de los legisladores y todo cambiará una vez que llegue a tribunales “como ocurre con todos los actos de autoridad, en este caso en el supuesto de que termine esa reforma en el camino que va”.

“Después todavía los ciudadanos podrían considerar que esa reforma es inconstitucional, podrían presentar demandas de amparo, podrían eventualmente formularse acciones de inconstitucionalidad, y eventualmente los jueces, ahora sí en el terreno judicial, podrían con independencia judicial decidir si admiten una demanda de amparo, si la tramitan, si conceden suspensiones”, dijo.

El magistrado Juan José Olvera López explicó que “en este caso es un proceso que puede derivar en un acto de autoridad y que podría en su momento ser materia de juicio de amparo, eso es lo que podría ocurrir con este como con cualquier acto”. 

Pero respecto al contenido, el magistrado aseguró que esperarán a que se hagan los planteamientos en una eventual demanda de amparo y que los jueces que tengan el caso se pronuncien. 

“Me parece que todavía es muy temprano para estar especulando sobre el éxito y eventualmente sobre la concesionalidad o no de ese proceso”, comentó.

Con información de Latinus

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Reforma pretende eliminar defensa legal

Llama la atención la iniciativa para eliminar vías de impugnación de reformas constitucionales, que se ha dicho, es para blindarlas de amparos o limitar estas acciones, una propuesta impulsada por el senador morenista Adán Augusto López, que pretende prohibir que las normas de Derechos Humanos no puedan ser inaplicadas por control de convencionalidad.

Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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