Senado aprueba por unanimidad reforma en materia de igualdad sustantiva

El pleno del Senado aprobó por unanimidad, tanto en lo general como en lo particular, las iniciativas de la presidenta Claudia Sheinbaum para fortalecer la protección de las mujeres, crear y distribuir una cartilla sobre sus derechos, y garantizar el salario igualitario.

Las reformas fueron aprobadas a los artículos 4; 24; 41; 73 y 123 de la Constitución, así como a la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, fueron aprobadas por 126 votos de senadores de todos los partidos: Morena, PVEM, PT, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano. 

Las reformas buscan igualdad sustantiva, perspectiva de género, derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salaria.

El dictamen convertido en minuta fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis. 

Una de las modificaciones tiene el propósito de que el Estado logre erradicar la brecha salarial por razones de género.

También plantean que se extienda el periodo de adaptación de un infante, las mujeres trabajadoras tendrán derecho a un permiso de seis meses contados a partir de su recepción. 

En tanto, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4; 24; 41; 73 y 123 de la Constitución, tienen el propósito de proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, pues las instituciones de procuración de justicia deberán contar con fiscalías de investigación de delitos por razones de género. 

En el proyecto de reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tienen el propósito de establecer que en el ámbito de sus competencias, ordenar implementar medidas de protección inmediatas para las mujeres en casos de violencia de género.

Con información de Latinus.

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Reforma pretende eliminar defensa legal

Llama la atención la iniciativa para eliminar vías de impugnación de reformas constitucionales, que se ha dicho, es para blindarlas de amparos o limitar estas acciones, una propuesta impulsada por el senador morenista Adán Augusto López, que pretende prohibir que las normas de Derechos Humanos no puedan ser inaplicadas por control de convencionalidad.

Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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