Senado empieza lectura de la iniciativa de "supremacía constitucional"

CIUDAD DE MÉXICO (apro).-Luego de que fuera aprobada el día de ayer en Comisiones del Senado de la República, este día se dio primera lectura a la iniciativa de reforma sobre la supremacía constitucional, que blinda a reformas constitucionales contra amparos y acciones de inconstitucionalidad.

El presidente de la mesa directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, dio primera lectura a la iniciativa que reforma los artículos 105 y 107 de la Carta Magna.

También se dio primera lectura a la primera reforma propuesta por la presidenta, Claudia Sheinbaum, en materia de Igualdad Sustantiva.

“Uno, de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial.

"Y uno, de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107; y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal”, leyó la secretaria de la mesa Directiva, Lizeth Sánchez García.

Ambas iniciativas de reforma se discutirán este día en el Senado de la República, primero se debatirá la referente a la Igualdad Sustantiva y posteriormente, a la de materia de inimpugnabilidad en reformas constitucionales.

Con información de Proceso.

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Reforma pretende eliminar defensa legal

Llama la atención la iniciativa para eliminar vías de impugnación de reformas constitucionales, que se ha dicho, es para blindarlas de amparos o limitar estas acciones, una propuesta impulsada por el senador morenista Adán Augusto López, que pretende prohibir que las normas de Derechos Humanos no puedan ser inaplicadas por control de convencionalidad.

Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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