Sheinbaum aclara que se acotó la reforma de Morena para “blindar” reformas constitucionales

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La iniciativa de reforma constitucional que reafirma el propósito de la ley de amparo se queda solo en el artículo 61 inciso I y se trata únicamente de elevar a rango constitucional lo que ya indica la ley, afirmó la presidenta Claudia Sheinbaum.

“Entiendo que esa parte la quitaron (modificación a otros artículos), que nada más queda esta parte del artículo 61 inciso I, las otras entiendo que ayer mismo las retiraron, es lo que me informa la Consejería Jurídica”.

La mandataria federal detalló que “primero se presentó una propuesta de varios artículos y después la propuesta es que esto que leímos aquí del artículo 61 inciso I quede en la Constitución para fortalecer que en efecto es improcedente el juicio de amparo en el caso de reformas constitucionales”.

Aclaró que se trata de una propuesta de “los compañeros” para elevar el rango de la ley, una iniciativa de diputados y senadores de Morena.

Sobre una posible desprotección a la población reiteró que las protecciones se mantienen en la ley de amparo aunque esto aplica solo a las reformas constitucionales y la improcedencia de recursos legales que busquen darles marcha atrás, como es el caso del actual conflicto con el Poder Judicial.

Con información de Proceso.

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Reforma pretende eliminar defensa legal

Llama la atención la iniciativa para eliminar vías de impugnación de reformas constitucionales, que se ha dicho, es para blindarlas de amparos o limitar estas acciones, una propuesta impulsada por el senador morenista Adán Augusto López, que pretende prohibir que las normas de Derechos Humanos no puedan ser inaplicadas por control de convencionalidad.

Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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Reforma pretende eliminar defensa legal

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Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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