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Pasará 22 años en prisión por tentativa de feminicidio y violencia familiar en Chihuahua

En juicio oral, agentes del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia, lograron una sentencia condenatoria por 22 años de prisión en contra de Víctor Manuel G. R., a quien se le acreditó su responsabilidad penal en el delito de feminicidio en grado de tentativa en perjuicio de su pareja sentimental.

De acuerdo con la acusación vertida ante el Tribunal de Enjuiciamiento en el Distrito Judicial Morelos, por agentes de la Unidad de Investigación de Feminicidios, se le atribuyeron dos hechos de violencia, uno de ellos registrado el 24 de diciembre del 2022, en un domicilio de la colonia Punta Oriente en la ciudad de Chihuahua, cuando la amenazó con privarla de la vida al ponerle un machete en el cuello y agredirla también psicológicamente.

También, otro hecho acreditado por esta representación social, establece que el 23 de enero del 2023, causó daños en la vivienda y en objetos propiedad de la víctima, además de ocasionarle una herida en el cuello con un arma blanca y otra en una mano.

Al tratarse de conductas constitutivas de delitos de género, esta representación social expuso ante el órgano jurisdiccional en el Distrito Judicial Morelos el suficiente material probatorio que llevó al fallo condenatorio que deberá purgar por más de dos décadas en el Cereso de Aquiles Serdán.

Con estas acciones, la Fiscalía de Mujeres reitera su compromiso de investigar con perspectiva de género los delitos cometidos en agravio de las mujeres en el estado para brindar un verdadero acceso a la justicia.

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Reforma pretende eliminar defensa legal

Llama la atención la iniciativa para eliminar vías de impugnación de reformas constitucionales, que se ha dicho, es para blindarlas de amparos o limitar estas acciones, una propuesta impulsada por el senador morenista Adán Augusto López, que pretende prohibir que las normas de Derechos Humanos no puedan ser inaplicadas por control de convencionalidad.

Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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Se trata de prohibir expresamente la procedencia del juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, para impugnar reformas constitucionales, así como los actos del proceso legislativo respectivo.

Llama la atención, porque la reforma pretende que las normas constitucionales no sean inaplicadas por los jueces vía control de convencionalidad, esto sería que, cuando encuentran una norma constitucional que viola derechos humanos consignados en tratados internacionales, la apliquen aún si es violatoria.

También, pretende prohibir que vía juicio de amparo, acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional, se puedan impugnar reformas constitucionales, así como los vicios en el proceso legislativo.

Según se establece que estas reformas deben ser interpretadas mediante el método de literalidad, para que los jueces no utilicen la interpretación conforme o algún otro, que pudiera derivar en la ineficacia de la Reforma.

Lo anterior, según dicen, se trata de un retroceso enorme en materia de Derechos Humanos, que está en contra de los tratados que México ha firmado. Además, la intención es que llegue a existir una autoridad sin límites, propia de un régimen autoritario o dictatorial.

También señalan que la misma propuesta de reforma reconoce implícitamente que las reformas constitucionales sí pueden ser impugnadas y se viola con esta imposición, el derecho humano de acceso a la justicia, pues se quiere que no se tenga defensa legal, según señalan

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