Sheinbaum confirma que el Tren Maya también contará con el servicio de transporte de carga

La presidenta Claudia Sheinbaum confirmó este jueves que además de transportar pasajeros, el Tren Maya también va a ser un tren de carga. 

En su segunda conferencia matutina, la mandataria reafirmó que va a darle seguimiento a la obra, que fue impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. 

Sheinbaum explicó que se comenzará con las obras en las vías el próximo año y estimó que esto durará hasta dos años. 

Y también afirmó que para diciembre deben de estar funcionando todos los hoteles del Tren Maya. 

Además, reiteró que su gobierno continuará dándole “seguimiento para que opere al máximo”. 

Como presidenta electa, Sheinbaum dijo en agosto que el servicio de carga del Tren Maya requerirá una inversión de 35 mil millones de pesos y comenzaría su operación a más tardar en dos años de su gobierno, es decir, en 2026.

"El proyecto ya está, lo tiene también la secretaría de la Defensa Nacional, ellos lo desarrollarían, lo que estamos viendo es si se puede cumplir en un año o son año y medio dos, años, pero máximo serían dos años para que esté funcionando como tren de carga", señaló durante su conferencia del 8 de agosto pasado. 

Con información de Latinus

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“Con base en el comunicado que hizo la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) de fecha treinta de septiembre de dos mil veinticuatro, en donde dio a conocer el resultado de la consulta a personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación de la pregunta: “¿Está usted de acuerdo con la conclusión de la suspensión de labores el 02 de octubre de 2024?” y cuyo resultado fue de 832 votos en el sentido de NO concluirla”. se señala.

Se declara la PRÓRROGA DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LABORES, de los órganos jurisdiccionales de Ciudad Juárez, para una fecha por determinar en función de la concreción del diálogo real con los Poderes Ejecutivo y Legislativo; por tanto, continúa la suspensión de los plazos y términos procesales con excepción de los casos urgentes y de inmediata atención (que se especifican en el punto 4 de la Declaratoria de la JUFED). Así como los demás asuntos que, a consideración de las personas juzgadoras, reúnan las características de urgentes de conformidad con las leyes que los rijan.

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