¿Puede la SCJN con fundamento en una ley declarar inconstitucional la reforma constitucional en materia judicial?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) actualmente evalúa una solicitud de jueces y magistrados que busca que declare inconstitucional la reciente reforma constitucional en materia judicial, con fundamento en una ley secundaria. En circunstancias normales, esta cuestión no debería siquiera ser objeto de debate, pues los procedimientos para resolver esas cuestiones son claros y precisos. No obstante, hoy el país asiste a una polémica que, en esencia, debería ser inexistente, lo que exige hacer algunas reflexiones sobre el fondo del asunto. Veamos.

Primero. Diversos jueces y magistrados federales han solicitado al pleno de la SCJN que evalúe si el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de septiembre, que contiene las reformas constitucionales en materia judicial, es compatible con los principios de independencia y autonomía judicial establecidos en el Artículo 11, fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF). 

Dicha fracción dispone que la SCJN debe velar por la autonomía de los órganos del Poder Judicial y la independencia de sus integrantes, otorgándole facultades específicas para resolver controversias internas. Sin embargo, resulta a mi juicio muy forzado interpretar que esta disposición faculte a la SCJN para declarar inconstitucional una reforma a la Constitución hecha conforme al procedimiento previsto por la misma normativa suprema.

Las atribuciones allí señaladas están enfocadas a la interpretación y aplicación de los artículos constitucionales dentro del ámbito judicial, no a la anulación de partes de la propia Constitución. 

A diferencia de otros países (como Alemania, artículo 79 (3) o Brasil artículo 60 (4)), donde ciertos temas o principios están expresamente vedados al Poder Reformador de la Constitución (las conocidas cláusulas pétreas o inamovibles), en México cualquier reforma constitucional debe apegarse al proceso previsto en el Artículo 135 de la Constitución, sin que haya restricciones o salvedades de las atribuciones del citado Poder Reformador para efectuar reformas, siempre y cuando cuente con las dos terceras partes de los miembros presentes de cada cámara del Congreso de la Unión más la mitad más una de quienes integran las legislaturas locales.

Suprema Corte. Sin elementos para bajar la Reforma Judicial. Foto: Miguel Dimayuga

Segundo. La solicitud en cuestión no es procedente por varios motivos, entre los que habría que destacar los que a continuación se apuntan: a) El principio de jerarquía normativa y la supremacía constitucional, establecidos en el artículo 133 constitucional y reconocidos doctrinalmente, así como por la jurisprudencia de la SCJN (por ejemplo https://bj.scjn.gob.mx/doc/tesis/ZvhxMHYBN_4klb4Hm3E6/art%C3%ADculo%20133%20constitucional%20) establecen que la Constitución es la ley suprema en México. Ninguna ley secundaria, reglamento o disposición administrativa puede contradecirla, y si lo hacen, carecen de validez y aplicación. 

La supremacía constitucional garantiza que todas las leyes, actos y decisiones de los poderes públicos sean compatibles con los preceptos de la Constitución, lo que impide que cualquier norma de rango inferior pueda prevalecer sobre el texto constitucional. Este principio es fundamental para mantener la coherencia y estabilidad del sistema jurídico; y b) Las leyes secundarias, como la LOPJF, están subordinadas a la Constitución. Las reformas constitucionales, una vez promulgadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, prevalecen sobre cualquier ley secundaria y son de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades del país, sin excepción. Esta jerarquía normativa asegura que cualquier ley inferior se ajuste a las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión y las legislaturas locales siguiendo las reglas dispuestas en el citado artículo 135 de la propia Constitución, lo cual consolida el orden constitucional y evita conflictos normativos entre diferentes niveles legislativos.

Tercero. Además, hay otros argumentos que refuerzan la improcedencia de la solicitud: a) Si una reforma constitucional modifica disposiciones que afectan facultades de la LOPJF, esta ley debe adaptarse al nuevo marco constitucional; b) Las reformas constitucionales requieren un consenso mayor que las leyes secundarias, pues necesitan el respaldo de dos terceras partes de las Cámaras del Congreso y la mayoría de las legislaturas estatales, lo que las sitúa en una posición de preeminencia sobre las leyes ordinarias, que sólo requieren la aprobación por la mitad más una de los miembros presentes de las dos cámaras del Congreso; c) El Artículo décimo segundo transitorio del Decreto de reforma constitucional en materia judicial establece expresamente que “se derogarán todas las disposiciones que se opongan” a la reforma, eliminando así cualquier conflicto normativo, y d) La Constitución no sólo es la norma suprema, sino también el marco que regula los derechos fundamentales, las obligaciones del Estado y los mecanismos de control entre los poderes públicos. 

Este principio asegura que todas las normas jurídicas se ajusten a la Carta Magna, lo que garantiza su supremacía y estabilidad. Con independencia de que guste o no el contenido de la reforma constitucional (que sin duda pudo ser mucho mejor que lo aprobado y en estas páginas he publicado mis posiciones sobre el tema) las reglas jurídicas están muy claras y no le otorgan facultades a la SCJN para invalidar la reforma constitucional en materia judicial.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com

Con información de proceso.com.mx

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Encara panista a diputado Saúl Mireles

El subcoordinador de los diputados del PAN, Saúl Mireles Corral, fue increpado en la sesión de este jueves por el panista Alejandro Leyva, luego que éste último le calificara “de traidor, vendido y palabras altisonantes”, por no haber votado en la sesión del martes en favor de promoción de acciones en contra de la reforma judicial, "Le dije si quiera pregúntame, dime en mi cara todo eso”, confirmó el legislador.

“Hace 15 minutos vino Saúl Mireles hasta el lugar donde me encontraba sentado en tercer fila en las graderías del salón del pleno del Congreso del Estado, justo detrás de donde tiene asignado su lugar Saúl Mireles. Me encontraba yo de pie platicando… cuando Saúl Mireles se acerco a mi. Me invitaba a platicar aparte.  Le dije que no. Dado que me pidió el martes que se lo dijera en su cara, procedí a decírselo”, 

“En su cara, de frente, y a menos de 30 cms de distancia, le dije que era un huevón, un vendido y un culo.  ¡Dos veces para que le quedara muy claro!”, publicó Alejandro Leyva.

El panista Alejandro Leyva  dijo que el diputado no estuvo en la sesión del martes por andar en una supuesta "comisión".  

Agregó varios calificativos Alejandro Leyva contra el diputado "Me puso su dedo indice en el pecho a lo cual yo respondí igual.  Le dije que si él me ponía un dedo encima yo haría lo mismo.   Que como quisiera él,  yo le respondería de igual manera".

 

 


Un abuso y una broma premiar a Yunes con secretaría en Comisión de Justicia

Parecía que era una broma, pero después se confirmó oficialmente que el "Judas", Miguel Ángel Yunes, fue nombrado secretario de la Comisión de Justicia, que preside ni más ni menos que el exgobernador de Chihuahua, Javier Corral Jurado...

Algunas huestes de Morena postearon, tratando de burlarse del tema, que la adopción de estos personajes le habría salido cara al partido guinda, pero tras los servicios prestados, no importó, principalmente en el caso de Yunes, haber quedado en una comisión donde la broma y el abuso de la política en sus acciones se pintan solas...

Meter a un gran traidor que les dio el voto necesario para sacar delante la Reforma Judicial, premiándolo con una secretaría que evidencia el nivel de acciones que tiene la 4T, ahora que con Claudia Sheinbaum va a iniciar el segundo piso de la famosa transformación, y teniendo como presidente a alguien que en su tierra pues ostenta una orden de aprehensión no consumada porque fue rescatado precisamente, como establecen las líneas periodísticas y los hechos, por orden directa del propio López Obrador, de ahí que el propio Corral expresara que AMLO es el mejor presidente que ha tenido México, hasta esos alcances tiene, pues parecía un escenario bizarro, pero es verdad: Corral, presidente de la Comisión de Justicia, y Miguel Ángel Yunes, secretario de la misma. Así la juega la 4T...

¿Qué más no vendrá en consecuencia en las comisiones y dónde estarán los que le darán a la oposición, totalmente rebasada y aplastada, con una mayoría sobrecalificada de Morena y sus aliados? Esa es la gran pregunta y lo que viene para el país...

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