La Guardia Nacional (GN) será traspasada a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), según la reforma aprobada en el Senado, pero ¿De qué trata esta nueva legislación?
Con el voto del aún panista Miguel Ángel Yunes Márquez, Morena y sus aliados en el Senado aprobaron con 86 votos a favor y 42 en contra del PAN, PRI y MC la reforma constitucional a la Guardia Nacional, hecho que fue calificado por la oposición como la consolidación de la militarización del país.
En una sesión de 8 horas con 39 minutos, que inició la noche del martes, la aplanadora oficialista avaló por mayoría calificada la reforma constitucional promovida por el Presidente Andrés Manuel López Obrador la cual modifica los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Carta Magna y que otorga a la Guardia Nacional la facultad de investigar delitos.
La última reforma impulsada desde Palacio Nacional en este sexenio define a la GN como una "fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública".
Asimismo, se indica que la Federación "contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia".
¿De qué trata la reforma a la Guardia Nacional?
La reforma a la Guardia Nacional fue aprobada previamente por diputados el pasado 19 de septiembre. Los cambios constitucionales pretenden consolidar legalmente el mando militar en la institución, un deseo que el Presidente Andrés Manuel López Obrador expresó desde la creación del cuerpo de seguridad.
La iniciativa forma parte del paquete de 20 reformas constitucionales enviadas por el Mandatario el pasado 5 de febrero, en las que propuso modificar los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución.
La reforma modifica el artículo 21 de la constitución para adscribir la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional y definirla como una "fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública".
Desde su creación en 2019, la institución se planteó con un mando civil en la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana. Sin embargo, se permitió el ingreso de elementos provenientes de las Fuerzas Armadas a través de artículos transitorios.
Con información de Informador.mx