Juez federal otorga suspensión provisional para que la reforma judicial no sea publicada en el DOF

Un juez de distrito y un tribunal colegiado de Colima otorgaron una suspensión provisional para que la reforma judicial que aprobó el Congreso de la Unión no sea publicada por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF) antes del 11 de octubre, fecha en la que se fijó la audiencia incidental en el juicio de amparo.

La Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. promovió un amparo indirecto en contra de la discusión, aprobación y futura publicación de la reforma judicial que fue planteada por el presidente López Obrador. Sin embargo, el cambio constitucional fue aprobado en la madrugada del 11 de septiembre por el Senado y en el transcurso del miércoles y jueves se consiguió que los congresos locales necesarios aceptaran la reforma. 

"En caso de que el procedimiento de reforma constitucional se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación" hasta que se lleve a cabo la audiencia, señala el auto publicado hoy.

En un principio, el juez federal concedió la suspensión contra la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma judicial, ya que los legisladores contravienen al poder constituyente al desaparecer al Poder Judicial de la Federación como fue establecido en 1917.

Posteriormente, la asociación civil interpuso un recurso de queja para que se suspendiera también la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación

"Este tribunal colegiado considera procedente que la suspensión provisional se conceda para que la reforma no sea publicada en el DOF pues dicho acto vincularía su entrada en vigor y ocasionaría daños y perjuicios de imposible reparación", dictaron los magistrados el pasado 11 de septiembre.

La asociación civil también pidió que el tribunal colegiado solicitara a la Suprema Corte ejercer su facultad de atracción para conocer del amparo, lo cual fue negado porque la queja fue en contra de la suspensión provisional y no el fondo del asunto.

El juez federal difirió la audiencia hasta el 11 de octubre porque no ha recibido todos los informes requeridos a las autoridades responsables de la reforma judicial.

El pleno del Senado de la República aprobó en lo general y particular el dictamen de la reforma judicial, con 86 votos de Morena, PT, PVEM y el panista Miguel Ángel Yunes Márquez a favor, y 41 en contra de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano (MC).

La minuta se envió a los Congresos estatales para su aprobación, y en cuanto se haga la declaratoria de validez en el Congreso, pasará al Ejecutivo para su promulación.

Con información de Latinus

Tips al momento

Se pueden alegar violaciones a las suspensiones contra la reforma judicial

Una vez que fue publicada la Reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación se cuenta con 30 días hábiles para el amparo indirecto y el mismo plazo para la acción de inconstitucionalidad.

A pesar de que hubo suspensiones otorgadas por jueces de distrito, estas fueron violadas por la misma publicación de la reforma. Es decir, se puede alegar una violación a la suspensión.

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Una vez que fue publicada la Reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación se cuenta con 30 días hábiles para el amparo indirecto y el mismo plazo para la acción de inconstitucionalidad.

A pesar de que hubo suspensiones otorgadas por jueces de distrito, estas fueron violadas por la misma publicación de la reforma. Es decir, se puede alegar una violación a la suspensión.

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