Dolores Padierna exige juicio político contra Norma Piña; la acusa de incitar el bloqueo legislativo

Dolores Padierna, diputada de Morena, amagó a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, con juicio político y la acusó de incitar el bloqueo al Poder Legislativo, con el fin de que no se apruebe la reforma judicial.

En un video, la morenista aseguró que la ministra presidenta está detrás del paro de labores del Poder Judicial, y aseguró que incita a los trabajadores a cobrar sin trabajar para bloquear las facultades de los legisladores federales.

“La ministra Norma Piña merece juicio político. Están azuzando a los altos mandos y a trabajadores del Poder Judicial a estar en paro de labores, ofreciéndoles que podrán cobrar sin trabajar a cambio de obstruir al Poder Legislativo para que no podamos ejercer nuestras facultades de legislar para aprobar la reforma judicial”, sostuvo Padierna.

La legisladora acusó a Norma Piña de incurrir en delitos “como el ejercicio ilícitode funciones, el abuso de autoridad, la coalición de servidores públicos, el pago indebido de remuneraciones y en el uso ilícito de atribuciones”.

En su mensaje, de cerca de cinco minutos, sostuvo que la ministra presidenta está “en un claro conflicto de interés”, con responsabilidades administrativas, y pidió que respete la Constitución.

“Hacemos un llamado a la ministra Norma Piña a la racionalidad, al respeto a la legalidad, a apegarse a la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos. De lo contrario, será merecedora de juicio político, ella y cualquier alto mando que esté impidiendo las labores del Poder Legislativo" afirmó Padierna, esposa de René Bejarano, quien protagonizó los videoescándalos que lo exhibieron al recibir dinero del empresario Carlos Ahumada, y que le dio el mote de “El señor de las ligas”.

Dolores Padierna puntualizó que la impartición de justicia es un servicio públicode interés general que no puede ser interrumpido.

Señaló que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su artículo 110, fracción X, establece la responsabilidad de los servidores públicos de altos cargos de desempeñar sus funciones sin interrupciones, recordó Padierna.

Dijo que el título IV de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos establece la responsabilidad de juicio político a ministras o ministros que falten a la ley o incurran en delitos.

Asimismo, hizo hincapié en que los altos mandos, como jueces, magistrados y directores generales, al ser personal de confianza, están impedidos de participar en paros laborales y no tienen derecho a huelga.

"Norma Piña no es trabajadora de base, es ministra presidenta de la Corte y está obligada a trabajar por lo que se le paga", sentenció la diputada.

"A la Suprema Corte como cabeza del Poder Judicial federal le corresponde garantizar la prestación del servicio público de impartición de justicia. Por ello, está impedida para hacer un paro de laboresporque en su caso es abdicar a las facultades que le confiere la Constitución", afirmó.

Dijo que los artículos 160 y 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prevén que los cargos de confianza (altos mandos, jueces, magistrados, secretarios de acuerdos, directores generales, entre otros) que por ser personal de confianza están obligados a prestar el servicio público de justicia. 

"No tienen derecho de huelga, no pueden hacer paro de labores. Los trabajadores de base , pero los altos mandos no, y Norma Piña es presidenta del Consejo de la Judicatura, además de ser ministra de la Corte”, enfatizó.

Además, sostuvo que la ministra presidenta “debe iniciar procedimientosadministrativos a quienes estén incumpliendo con sus funciones, pero lejos de hacerlo, ella misma ordena el paro de labores y ordena que se les pague a estos altos mandos sin trabajar, causando un daño al erario público".

 

Con información: Latinus.com

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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