Piden al Congreso derogar el delito por interrupción de embarazo a nivel federal

El año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó la interrupción del embarazo (aborto) en México, pero debido a las barreras legales y sociales que persisten e impiden el acceso a este servicio para todas las mujeres y personas gestantes, ahora varios especialistas pidieron al Congreso a derogarlo como delito a nivel federal.

Uno de estos especialistas es Melissa Ayala, vocera del Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire), a cargo del amparo que resultó en la sentencia en 2023, explicó que la SCJN “señaló que era inconstitucional la criminalización absoluta del aborto en el Código Penal Federal”.

“Se violaban los derechos de las mujeres y de las personas con capacidad para gestar, al no permitirse que existiera un período en el cual las mujeres y las personas gestantes pudieran abortar sin ser criminalizadas”, expuso. 

Por ello, agregó, se le ordenó al Congreso Federal la derogación del delito de aborto en cuanto se le notificara y tenía hasta el periodo ordinario para hacerlo, lo cual no ocurrió en la Legislatura que el 1 de septiembre pasado fue renovada.

Ayala confió en que en este periodo de sesiones del nuevo Congreso se derogue este delito, pues “si algo se ha dicho es que estamos ante un un legislativo feminista”, no obstante, dijo, hay que "seguir muy de cerca" que efectivamente lo cumplan.

Sin embargo, la abogada que junto con Gire ha emprendido una estrategia de litigios para eliminar el delito de aborto en los Congresos locales, comentó que la reforma judicial que impulsa el Gobierno para elegir por voto popular a jueces y ministros, podría detener los litigios pendientes y resultar en un retroceso mayor.

Hasta ahora, 15 estados han despenalizado el aborto como decisión voluntaria antes de la semana 12 (en Sinaloa la semana 13), en sintonía con la sentencia de la Corte.

Además de la Ciudad de México, que lo despenalizó en 2007, recientemente se han unido Coahuila, Baja California, Baja California Sur, Colima, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo, Guerrero, Puebla, Sinaloa, Jalisco, Quintana Roo, Zacatecas y Aguascalientes.

No obstante, el Congreso de Aguascalientes redujo a inicios de septiembre el plazo a 6 semanas, lo cual Ayala confío que sea vetado por el Gobierno del estado.

Aborto en hospitales públicos 

La experta agregó que el dictamen del 6 de septiembre de 2023 también estableció que “todas las instituciones de salud federales tendrían que prestar el servicio”, incluyendo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), lo cual ha sido reiterado varias veces por la Corte en el último año.

Un informe de la organización Human Rights Watch (HRW) documentó que hasta junio de 2024, las instituciones de salud federales no ofrecían abortos en el Estado de México, el más poblado del país y otras entidades donde está prohibido en el Código Penal estatal, salvo excepciones; por lo que la ONG hizo un llamado al Gobierno a atender la sentencia de la Corte.

La organización recordó que “el aborto se encuentra criminalizado en todos los códigos penales (1 federal y 32 estatales), pero en cada estado existen ciertas causales en donde no se penaliza”, como en casos de violación, donde la interrupción del embarazo debe estar garantizada sin importar las semanas de embarazo.

La vocera de Gire se unió al llamado de HRW y advirtió que incluso en la Ciudad de México han acompañado casos de mujeres a quienes se les niega el servicio después de la semana 12, por lo que urgió a eliminar también los plazos que obstaculizan el acceso quienes están en una situación de mayor vulnerabilidad, lo cual la Corte también ha declarado inconstitucional.

“Cualquier tipo de regulación sobre cómo se debe prestar el servicio, más bien tendría que estar en la regulación sanitaria y no en la penal”, alertó Ayala.

Tomado de Informador.mx

Con información de EFE

 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


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Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
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  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
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Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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