Una reforma que deforma

En la madrugada de este miércoles, se aprobó en lo general la reforma al Poder Judicial, marcando un momento importante en la democracia de nuestro país. Esta reforma ha sido impulsada en un contexto de enfrentamiento y tensión entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, bajo la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador. La reforma pretende reconfigurar el balance de poder dentro del sistema judicial de nuestro país, pero a su vez, genera y abre un debate sobre el futuro de la independencia judicial.

La reforma del Poder Judicial es un proceso complejo que va más allá de la simple elección directa, libre y secreta de jueces, magistrados y ministros. Aunque este es uno de los cambios más publicitados, la reforma incluye varios aspectos que merecen un análisis detallado. Entre estos cambios, uno de los más destacados es la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Órgano de Administración Judicial y la transformación de la Comisión de Disciplina Judicial en el Tribunal de Disciplina Judicial. Estos cambios, de manera engañosa, son presentados por sus promotores como una modernización y eficiencia en la administración del Poder Judicial, pero es esencial considerar las implicaciones políticas que estas modificaciones pretenden.

La promesa de una selección democrática y transparente de los cargos judiciales puede parecer un avance democrático, pero solo es eso: una promesa. La realidad es que los candidatos a los cargos judiciales serán seleccionados por los poderes de la unión, los cuales, actualmente dominados por el poder en turno, nos plantean una seria preocupación. Existe la posibilidad de que el Poder Ejecutivo ejerza una influencia política desproporcionada en la selección de los miembros del Poder Judicial, y el Poder Legislativo también trastoca de manera evidente la división de poderes, debilitando así la independencia del Poder Judicial.

Además, confiar al Instituto Nacional Electoral (INE) la organización de un proceso electoral de esta magnitud, cuando su principal función es organizar elecciones políticas y no de un orden tan técnico como la selección de jueces, magistrados y ministros, podría enfrentar serias dificultades en el proceso. Este, por su naturaleza, no puede ni debe estar sujeto a experimentos que pudiesen resultar fallidos.

Otro punto clave es la renovación de las presidencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cada dos años de manera rotatoria y en función de los votos obtenidos. Esto genera una evaluación crítica de este tema, ya que dicha rotación podría afectar la estabilidad y continuidad en la toma de decisiones. También se señala la reducción de 11 a 9 ministros en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin dar más estudio o debate a este planteamiento, más allá de la reducción en salarios y remuneraciones, de las cuales los ministros gozan de manera justificada. Es importante entender el papel que juegan en la vida democrática del país, y que esto no debe abonar a la polarización de nuestro México, donde aquel que gana mucho por su trabajo y esfuerzo es visto negativamente y aquel que no, es visto positivamente.

Es innegable que México necesita una reforma al Poder Judicial, pero esta debe ser debatida y estudiada exhaustivamente para asegurar que beneficie verdaderamente al sistema judicial y, por ende, a todas y todos los mexicanos, y no solamente al poder en turno. La reforma debe ser integral y orientada a fortalecer la justicia, apoyando a todos los actores involucrados en su administración.

Recordemos entonces que la justicia debe administrarse de manera ciega e imparcial, no de manera seleccionada y popular.

por: Lic Rogelio Iván Pérez Pérez.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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