Ebrard y de la Fuente reviran al Post y Ken Salazar: EU no tiene derecho a criticar reforma judicial

El senador con licencia, Marcelo Ebrard y el próximo titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Juan Ramón de la Fuente, afirmaron que Estados Unidos no tiene derecho a criticar la reforma judicial de México.

A través de un comunicado conjunto el también próximo titular de la Secretaría de Economía y el exrector de la UNAM señalaron que la crítica de realizada por el Embajador Ken Salazar y el diario The Washington Post sobre la reforma judicial “es preocupante y desconcertante”.

“Esa interferencia es contraria al principio reconocido por la ONU de que las naciones tienen el deber de no intervenir en asuntos que son de la jurisdicción interna de otro Estado. Y la naturaleza específica del argumento esgrimido por el Post y Salazar (de que los asuntos internos de México son de interés hemisférico) sugiere un doble rasero: lo que es virtu en Estados Unidos es un defecto en México”, apuntaron.

En la carta publicada a través de la cuenta de X de Marcelo Ebrard, los próximos integrantes del gabinete federal destacaron que en EU muchos estados eligen por votación popular a los miembros del poder judicial y México nunca ha criticado este sistema.

“Así como México respeta el derecho de EU a la autodeterminación a través de sus procesos políticos, incluso cuando los resultados de estos no favorezcan los intereses mexicanos, EU debe mostrar el mismo respeto por la búsqueda soberana de México de un poder judicial más transparente, responsable e independiente, que se lleve a cabo a través de nuestros procedimientos jurídicos constitucionales internos. El pueblo mexicano es capaz de juzgar lo que es mejor para sus propios intereses. EU no debe privarlo de sus derechos sugiriendo lo contrario”, enfatizaron.

¿Es cierto que en EU se eligen jueces por voto popular?

El pasado 3 de septiembre el Embajador de EU en México, Ken Salazar afirmó que ningún juez federal en su país es electo por voto popular, como pretende la reforma judicial del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Señaló que en EU los jueces también se dividen en federales y locales, como en México, y que son muy pocos los estados que sí utilizan el voto popular para elegir a juzgadores estatales.

“No hay ningún juez federal elegido por voto popular en Estados Unidos. Se eligen los jueces a nivel estatal, son pocos y debemos entender que son diferentes sistemas”, dijo.

De acuerdo con el Brennan Center for Justice, sólo siete estados utilizan elecciones partidistas (voto popular) para designar a jueces locales y Nuevo México utiliza un método híbrido que incluye elecciones.

“En Nuevo México, los jueces son nombrados inicialmente por el gobernador, luego deben competir en una elección partidaria durante la siguiente elección general y luego son reelegidos en elecciones de retención sin oposición”, detalla el ranking publicado el año pasado.

Mientras que en el caso de la Corte Superior los jueces (ministros en México) son designados mediante nombramientos del Ejecutivo ratificados por el Senado estadounidense y su periodo es vitalicio.

“Las elecciones disputadas se utilizan con más frecuencia para seleccionar jueces para tribunales inferiores que para tribunales superiores estatales. En 21 estados se utilizan elecciones no partidistas para seleccionar jueces para tribunales de primera instancia, mientras que solo 14 estados seleccionan jueces de tribunales superiores de esta manera”, explica.

“En 11 estados se utilizan elecciones partidistas para seleccionar jueces para tribunales de primera instancia estatales. Solo ocho estados utilizan elecciones partidistas para seleccionar jueces de tribunales superiores. Por el contrario, el nombramiento por parte del gobernador se utiliza con más frecuencia para seleccionar jueces para mandatos completos en tribunales superiores estatales que para el nivel de primera instancia”.

 

Con información: Proceso.com 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Notas recientes