El derecho de corrupción e impunidad en la Universidad Autónoma de Chihuahua

Colaboración especial / Enrique Rascón Pérez
Doctor en Administración y exdocente de la Facultad de Contaduría y Administración de la UACh

El derecho de corrupción e impunidad en la Universidad Autónoma de Chihuahua A finales de abril de 2018, acudo a la ciudad de México a presentar sendas Solicitudes de Información, tanto a la Auditoría Superior de la Federación, como a la Secretaría de la Función Pública, “sobre el curso administrativo o legal que se dio a diversos expedientes”, derivados de las OBSERVACIONES NO SOLVENTADAS señaladas en auditorías federales a la Universidad Autónoma de Chihuahua. Entre uno de los puntos relevantes que me respondieron, la Auditoría Superior de la Federación señala el involucramiento del Gobierno del Estado de Nuevo León en el Pliego de Observaciones con Clave de Acción 16-A-19000-02-0152-06-001, con el siguiente señalamiento: Se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 10,651,795.65 pesos (diez millones seiscientos cincuenta y un mil setecientos noventa y cinco pesos 65/100 M.N.) por concepto de la falta de documentación comprobatoria de los recursos ministrados por la Dirección General de Desarrollo Curricular para el Programa Nacional de Inglés o, en su caso, el reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos no ejercidos o no comprobados al 31 de diciembre de 2016.

¿Recuerda usted el asunto de la Estafa Maestra?, pues sígame en la redacción de la siguiente OBSERVACIÓN NO SOLVENTADA y la triangulación de esta factura, cuyo origen fue la Facultad de Filosofía y Letras cuando Luis Alberto Fierro Ramírez, era el director de la misma. Observe usted el símil con la Estafa Maestra:

Certificación de alumnos y asesores externos especializados en Nuevo León.

“En el marco del Programa Nacional de inglés, la Coordinación de Idiomas de la Subsecretaría de Educación Básica del estado de Nuevo León, el 28 de octubre de 2016 solicitó, con una Ficha Técnica Administrativa, la evaluación y certificación de Nivel de idioma para 850 alumnos y 1500 docentes/asesores externos especializados, así como una evaluación diagnóstica de 11,000 alumnos. Esta solicitud se formalizó mediante la requisición núm. 5323 el 14 de noviembre de 2016, ante la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de dicha secretaría.

Como resultado de lo anterior, se formalizó un contrato por un monto de 9,587.5 miles de pesos vigente del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2016, con el Instituto de Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado para la Educación (organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Nuevo León).

Respecto de la contratación antes mencionada, se identificaron las irregularidades siguientes:

El contrato se celebró al amparo del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público sin que se proporcionara la respectiva investigación de mercado con la que se acredite que la contratación de los servicios garantizó las mejores condiciones para el Estado, y de acuerdo con el histórico de contrataciones del ente fiscalizador, se identificaron precios de referencia que no fueron utilizados para el análisis de la adjudicación.

Por otra parte, se verificó que la Coordinación de Idiomas contó con una remisión de fecha 30 de diciembre de 2016 en la que se hace constar que el servicio fue prestado por la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH), y se cuenta con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) E8509 emitido por esa universidad el 30 de diciembre de 2016, por un monto de 9,580.0 miles de pesos, no obstante que el contrato se formalizó con el Instituto de Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado para la Educación, además de que a la fecha de la auditoría (abril de 2017) dicho CFDI no se encuentra pagado.

Cabe señalar que el Instituto de Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado no se encuentra registrado como Instancia Certificadora reconocida por el Centro Nacional de Nivel de Idioma de la Secretaría de Educación Pública.

En cuanto a las certificaciones efectuadas por la Universidad de Chihuahua, se tiene lo siguiente:

? La certificación fue emitida por el Center For Applied Linguistics (CAL) para medir las habilidades del idioma inglés de los docentes y fue aplicada a 1,374 docentes.

? …No se acreditó la correspondiente relación contractual; tampoco se acreditó la certificación de 1500 docentes y/o asesores externos especializados y de 850 alumnos con documentación que sustente los centros de trabajo a los que se encuentran adscritos los docentes certificados, así como tampoco se evidenció la evaluación diagnóstica de 11,000 alumnos.

…Por lo expuesto, la Subsecretaría de Educación Básica, adscrita a la Secretaría de Educación del estado de Nuevo León, no acreditó que la contratación realizada al amparo del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el Instituto de Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado para la Educación, se encuentre sustentada en la respectiva investigación de mercado; tampoco proporcionó la información que acredite la relación que tiene la UACH con el programa fiscalizado, ni que proceda trámite de pago alguno de ésta.

16-B-19000-02-0152-08-001 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

La Auditoría Superior de la Federación emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado de Nuevo León para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no acreditaron que con la contratación del servicio de certificación de alumnos y asesores externos especializados realizada al amparo del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el Instituto de Investigación, Innovación y Estudios de Posgrado para la Educación, se garantizaron las mejores condiciones para el Estado, ni tampoco dicha contratación se encontró sustentada en la respectiva investigación de mercado; no proporcionaron la información que acredite la relación que tiene la Universidad Autónoma de Chihuahua con el Programa Nacional de Inglés, ya que ésta presentó la factura por el cobro de dicho servicio y se cuenta con la remisión en las que consta que ésta fue quien lo prestó, y no se proporcionó evidencia de la certificación de 1500 docentes y/o asesores externos especializados y de 850 alumnos con documentación que sustente los centros de trabajo a los que se encuentran adscritos los docentes certificados, ni de la evaluación diagnóstica de 11,000 alumnos.

La descripción en esta aportación, es un simple botón de muestra de toda la podredumbre en la “administración” de la UACh. La Estafa Maestra les queda chica, aquí tenemos a las y los prestidigitadores del saqueo Institucional. Ellos son: Los maestros de la estafa, ¡Y seguirán impunes!

 

Doctor en Administración Enrique Rascón Pérez

Exdocente de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Chihuahua

Tips al momento

Se pueden alegar violaciones a las suspensiones contra la reforma judicial

Una vez que fue publicada la Reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación se cuenta con 30 días hábiles para el amparo indirecto y el mismo plazo para la acción de inconstitucionalidad.

A pesar de que hubo suspensiones otorgadas por jueces de distrito, estas fueron violadas por la misma publicación de la reforma. Es decir, se puede alegar una violación a la suspensión.

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