Confirma Sala Guadalajara resultados electorales de Chihuahua y Parral

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en su reciente Sesión Pública, confirmó las sentencias emitidas por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) sobre los resultados electorales de los Ayuntamientos de Chihuahua e Hidalgo del Parral.

Por lo anterior, fueron validados los resultados electorales del Ayuntamiento de Chihuahua, de los cuales resultó ganadora la candidatura postulada por la coalición “Juntos Defendamos Chihuahua”, integrada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, encabezada por Marco Antonio Bonilla Mendoza.

Asimismo, se confirmaron los resultados de la elección del Ayuntamiento de Hidalgo del Parral, a favor de la planilla postulada por la candidatura común integrada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, abanderada por Salvador Calderón Aguirre.

Por otro lado, la Sala Regional en mención, ratificó la sentencia emitida por el TEE, en la cual, se confirmó el acuerdo de la Asamblea Municipal de Delicias del Instituto Estatal Electoral, por el que se asignaron las regidurías de representación proporcional conocidas como “pluris”.

Tips al momento

Se pueden alegar violaciones a las suspensiones contra la reforma judicial

Una vez que fue publicada la Reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación se cuenta con 30 días hábiles para el amparo indirecto y el mismo plazo para la acción de inconstitucionalidad.

A pesar de que hubo suspensiones otorgadas por jueces de distrito, estas fueron violadas por la misma publicación de la reforma. Es decir, se puede alegar una violación a la suspensión.

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Una vez que fue publicada la Reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación se cuenta con 30 días hábiles para el amparo indirecto y el mismo plazo para la acción de inconstitucionalidad.

A pesar de que hubo suspensiones otorgadas por jueces de distrito, estas fueron violadas por la misma publicación de la reforma. Es decir, se puede alegar una violación a la suspensión.

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