Propone Bazán tipificar el aborto forzado para proteger la vida y la salud de la mujer

Con el fin de tipificar el delito de aborto forzado, que es la interrupción del embarazo sin el consentimiento libre y pleno de la mujer, he propuesto que se reforme el artículo 144 del Código Penal del Estado de Chihuahua.

Este crimen no solo atenta contra la salud y el bienestar físico y psicológico de la víctima, sino que también representa una forma extrema de violencia de género y control sobre el cuerpo y la vida de las mujeres.

En la redacción de la iniciativa presentada ante el pleno del Congreso, presento una profunda argumentativa, sobre las implicaciones multifactoriales respecto a este delito; desde legales y sociales y la necesidad de una respuesta integral para prevenir y sancionar adecuadamente estos actos, protegiendo así los derechos de las mujeres.

Quedando incorporado así: Comete el delito de aborto forzado quien interrumpa el embarazo de una mujer o persona gestante, sin consentimiento de ella, en cualquier momento de la gestación.

El delito de aborto forzado podrá ser sancionado en grado de tentativa, en los términos dispuestos por el presente Código.

Para efectos de este artículo, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión; y si empleare violencia física o moral, se impondrán de ocho a diez años de prisión.

Las penas previstas en el párrafo anterior, se incrementarán hasta en una tercera parte en los siguientes casos:

I. Cuando ponga en peligro la vida de la mujer o persona gestante; 
II. Cuando ocasione daños graves en la salud de la mujer o persona gestante; y 
III. Cuando el delito sea cometido por la madre o padre, así como por persona que tenga o haya tenido un vínculo sentimental con la mujer o persona gestante. En este caso, solo se incrementará la pena en caso de delito doloso.

Artículo 144.
Si el aborto o aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrona o partero, enfermero o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta en el ejercicio de su profesión u oficio.

De ahí que este crimen no solo atenta contra la salud y el bienestar físico y psicológico de la víctima, sino que también representa una forma extrema de violencia de género y control sobre el cuerpo y la vida de las mujeres.

Este acto puede ser realizado mediante coerción, amenazas, violencia física o cualquier otra forma de presión que prive a la mujer de su capacidad para tomar decisiones autónomas sobre su cuerpo y su embarazo.

El aborto forzado puede ser perpetrado por individuos cercanos a la víctima, como parejas, familiares o empleadores, así como por actores estatales en contextos de políticas represivas de control de la natalidad.

La práctica del aborto forzado tiene profundas raíces en la desigualdad de género y la discriminación. Históricamente, las mujeres han sido objeto de control y dominación, y sus cuerpos han sido considerados como propiedad de los hombres o del estado.

El aborto forzado tiene consecuencias devastadoras para las mujeres. Desde el punto de vista físico, este delito puede causar complicaciones médicas graves, como infecciones, hemorragias, lesiones uterinas y, en casos extremos, la muerte.

Estas consecuencias se agravan cuando el aborto se realiza en condiciones inseguras o por personas no capacitadas.

Además, el trauma físico puede tener efectos a largo plazo en la salud reproductiva de la mujer, afectando su capacidad para tener hijos en el futuro.

Las repercusiones psicológicas del aborto forzado son igualmente alarmantes. Las mujeres que han sido sometidas a esta práctica pueden experimentar sentimientos de pérdida, 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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