Persiste rezago de paridad de género en Poder judicial: IBD

En México, el Poder Judicial de la Federación (PJF) ha sido una institución donde la paridad de género asemeja una quimera pues hasta hace unos cuantos años, es decir, en el 2018, los órganos jurisdiccionales estaban ocupados mayoritariamente por 8 hombres por cada 2 mujeres.

Para comenzar a revertir tal situación ha sido necesaria una serie de reformas constitucionales pero no ha sido suficiente y aún persiste ese rezago en materia de paridad de género que ahora está en la incertidumbre pues la reforma al Poder Judicial que presentó el presidente Andrés Manuel López Obrador no menciona nada sobre este tema.

A cinco años de la reforma de 2019 se han nombrado a 194 mujeres como juezas y a 359 como magistradas en el Consejo de la Judicatura Federal. Por tanto, faltan 73 nombramientos de magistradas y 97 juezas para llegar a la meta institucional de paridad de género.

De acuerdo al análisis “Paridad de Género en el Poder Judicial”, elaborado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado, pese a los recientes avances en materia de paridad de género, persisten dos grandes retos que enfrentan las mujeres en relación con el Poder Judicial por lo cual se debe mantener la lucha para abatir este rezago en este sector más allá de la reforma que está en marcha.

“Aunque la propuesta presidencial no hace referencia alguna a la paridad de género, la discusión legislativa podría considerar los avances en los nombramientos de ministras, consejeras, magistradas y juezas derivados de la reforma constitucional de 2019, los cuales se insertan en un proyecto político más amplio que consiste en la construcción de la democracia paritaria en México , basado en la distribución igualitaria del poder público y privado, entre mujeres y hombres, y va más allá de una política de gobierno, o de una presidencia del Consejo de la Judicatura Federal”, establece.

Hasta 2018 los órganos jurisdiccionales estaban ocupados mayoritariamente por hombres en una proporción aproximada de 80-20 de cada sexo.

Detalla que para comenzar a revertir tal situación fue necesaria una reforma constitucional aprobada por el Congreso de la Unión en 2019, conocida como paridad en todo.

Dicha reforma estableció que la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal), en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y en los organismos autónomos deben asignarse a mujeres.

De esta manera, el movimiento feminista institucionalista obligó al Poder Judicial, una institución que tradicionalmente favorece a los hombres para integrar este sector a incorporar a las mujeres en los puestos más altos de decisión de los órganos jurisdiccionales.

Sin embargo, aún persisten los rezagos y retos que enfrentan las mujeres en relación con el Poder Judicial: garantizar la impartición de justicia con perspectiva de género.

Asimismo, las dificultades que enfrentan las mujeres para acceder a la justicia, especialmente cuando viven en comunidades alejadas de los juzgados, realizan tareas de cuidados y desconocen los medios jurisdiccionales que ofrece el Poder Judicial

Las s cifras también reflejan retos para garantizar la integración paritaria de dichos espacios de poder y, por tanto, para lograr la distribución igualitaria del poder entre mujeres y hombres. Por ello, se plantea la importancia de vigilar y demandar que no haya retrocesos en esta materia.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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