Consejería Jurídica de Presidencia llama “irresponsables” y “pitonisos” a magistrados electorales

De nueva cuenta, la Consejería Jurídica de la Presidencia se pronunció contra magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y ahora los llamó irresponsables por resolver que las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador derivaron en la coacción del voto.

Presentó un recurso de revisión para que analice de nuevo los hechos y revoque la sentencia “por carecer de los elementos mínimos de fundamentación y motivación, por lo que se hace un nuevo llamado a los magistrados electorales a efecto de que sus resoluciones se sustenten en pruebas, y no en suposiciones personales”.

En un comunicado, aseguró que incurrieron en una “evidente carencia argumentativa y sin prueba alguna”, además de que “afirma falsamente que incurrió en uso indebido de programas sociales”.

Argumentó que lo dicho por el mandatario federal es “una simple expresión” que traducen “en la coacción a más de 35 millones de personas que votaron a favor de continuar la transformación de nuestro país”.

“Los magistrados Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón y Mónica Lozano Ayala resultaron pitonisos, al considerar que las manifestaciones vertidas por el titular del Ejecutivo federal, durante las conferencias de prensa del 9 y 11 de mayo, tenían como intención establecer un mecanismo de presión para dirigir el sentido del voto de la ciudadanía al -supuestamente- emplear una línea argumentativa que condicionó la vigencia o beneficios de los programas sociales a que una determinada opción política obtuviera el triunfo en el proceso electoral, lo cual resulta notoriamente falso”, indicó.

La Consejería Jurídica afirmó que los argumentos son “tan generales y banales” y por esa razón el magistrado Lara Patrón se apartó de los motivos expuestos por considerar que no hubo un estudio exhaustivo, aunque al final votó a favor del proyecto.

Esta área de la Presidencia también se queja de que en la sentencia del 11 de julio no informan cuál programa social se usó de manera indebida y de qué manera se materializó el condicionamiento a los beneficiarios para que se diera la coacción a la ciudadanía para votar por el partido en el poder.

“De ahí que resulte irresponsable que un órgano jurisdiccional, supuestamente imparcial e independiente, realice afirmaciones que no están sustentadas en pruebas y sólo se hagan acusaciones basadas en la imaginación de los juzgadores que pretende ver más allá de lo evidente”, señaló.

Retomaron el expediente SUP-REP-301-2024 de la Sala Superior del TEPJF que determina “que la emisión de expresiones que reflejen una postura política y crítica por parte del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, como parte del debate público, no constituyen un llamamiento al voto por algún partido político o candidatura y, por tanto, no se ponen en riesgo los principios de imparcialidad y equidad en la contienda”.

 

Con información: Proceso.com 

Tips al momento

Ni una semana tiene como Senador y Loera ya solicitó licencia 

Trascendió que este día que el senador por Morena, Juan Carlos Loera de la Rosa, solicitó licencia al cargo, sin especificar a dónde va y por cuánto tiempo es, pues únicamente se dio a conocer que se trata de una solicitud de licencia genérica…

Ni una semana tiene como senador electo por Morena, cuando ya inició con este tipo de peticiones, no obstante que se trató de localizarlo, pata confirmar la petición y obtener más información sobre esa solicitud, no se tuvo respuesta…

Sólo queda esperar a que legislador aclare las incógnitas que deja su  probable petición; además es importante señalar que apenas el día de ayer Loera de la Rosa, fue designado por el Senado de la República como presidente de la nueva Comisión del Senado, que se encargará de legislar sobre asuntos que determinan el desarrollo de la frontera norte…


Desechan impugnación de la reforma al PJF

Con respecto a la aprobación de la reforma al Poder Judicial en la Cámara de Diputados, la cual ya fue turnada al Senado, se publicó lo siguiente:

-Tribunal Colegiado desecha impugnación en contra de la suspensión provisional otorgada para impedir la discusión y votación, por la Cámara de Diputados, de la reforma constitucional al Poder Judicial en México

Por: Juan Felipe Ponce Morones, Maestro en Derechos Humanos

Cuernavaca, Morelos. En sesión celebrada a partir de las 9:23  horas, del 4 de septiembre del 2024, los Magistrados integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, Yolanda Velazquez Rebollo, Silvia Carrasco Corona y Juan Pablo Bonifaz Escobar, aprobaron por unanimidad de votos la sentencia dictada en el recurso de Queja 233/2024, mediante el cual se desecha el recurso de queja urgente interpuesto en contra de la suspensión provisional otorgada en el Juicio de Amparo 1251/2024 por el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos.

La suspensión provisional fue otorgada de oficio para los efectos siguientes:

- No surta efectos para los quejosos, el proyecto de dictamen relativo a la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Federal, en particular los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116 y 122, discutido y aprobado el veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, por la Comisión de Puntos Constitucionales.
- Lo cual implica que dicho proyecto en particular no podrá ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura.

El recurso de queja fue desechado por falta de personalidad e interés jurídico del recurrente, para identificarlo como  tercero interesado en el juicio de amparo. 
En el presente caso, se ha considerado que no se encuentra acreditado que el recurrente cuente con interés jurídico para interponer el recurso, destacando  que la reforma al artículo 107, fracción I, de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio del 2011, que incorporó al ordenamiento jurídico mexicano la institución jurídica del "interés legítimo", sólo la previó para el quejoso, pues su razón de ser obedeció a generar apertura en su legitimación activa para acudir al juicio de amparo -y no así para el tercero interesado-. Lo anterior, al considerar lo contrario, esto es, que puede aducirse el interés legítimo para identificar al tercero interesado en el juicio de amparo, implicaría imponer al quejoso cargas procesales imposibles de cumplir, tales como obligarlo a señalar en su demanda a todos aquellos terceros que pudieran tener interés legítimo en la subsistencia del acto reclamado; y al juzgador se le obligaría a dictar todas las medidas que estime pertinentes con el fin de que se investigue el domicilio de dichos terceros interesados, lo que retrasaría la tramitación del juicio en perjuicio de la pronta impartición de justicia prevista en el artículo 17 constitucional. 
El desechamiento del recurso de queja en contra de la suspensión provisional, mantiene la vigencia de la orden federal otorgada en el juicio de amparo, para que la Camara de Diputados, no así a la de Senadores, se abstenga de llevar a cabo la discusión y votación de la reforma constitucional relativa a la reorganización del Poder Judicial en el país.
Toda vez que a la fecha, la Camara de Diputados ya discutió, aprobó y turnó el proyecto de decreto de reforma constitucional a la Camara de Senadores, se quedó sin materia la suspensión, en los términos en que fue otorgada, quedando  a salvo los derechos de la parte quejosa para promover un incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional. Si como resultado del incidente se demostrara que la autoridad responsable no ha cumplido con la suspensión o que lo ha hecho de manera excesiva o defectuosa, el órgano judicial, en su resolución, esta facultado para requerirle para que en el término de veinticuatro horas cumpla con la suspensión o que rectifique los errores en que incurrió al cumplirla, con el apercibimiento que de no hacerlo será denunciada al Ministerio Público de la Federación por el delito que, según el caso, establecen las fracciones III y IV del  artículo 262 de la Ley de Amparo.
El razonamiento para conceder la suspensión provisional, fue que a los quejosos, como integrantes del Poder Judicial de la Federación, se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, por lo que se les concede la suspensión para el efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse seria inatacable. Lo anterior, debido a que de negarse la suspensión, al momento de materializarse la reforma constitucional y cumplidos los plazos de la misma, los peticionarios quedarían en estado de indefensión si eventualmente fueran separados de sus cargos, además de que sería imposible restituirlos en el goce de sus derechos.

Al no haber variado las condiciones bajo las cuales se otorgó la suspensión provisional, se espera que a las 13:15 horas del 4 de septiembre del 2024, que se encuentra programada la audiencia para que se emita la resolución relativa a la suspensión definitiva, por parte de la licenciada Martha Eugenia Magaña López, Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, se otorgue la suspensión definitiva en contra de la reforma constitucional, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y  el proyecto de reforma no pueda ser discutido ni votado por  la Cámara de Senadores.


Morena vs Morena

El ex diputado local por Morena Gustavo De la Rosa Hickerson, a través de sus redes sociales, manifestó su solidaridad con la presidenta del congreso Elizabeth Guzmán y a la vez, condenar la invasión que hicieron a las instalaciones del Congreso militantes morenistas.

Según publicó, es inadmisible que un grupo de integrantes de Morena actuando sectariamente y tratando de superar sus limitaciones organizativas, hagan actos de provocación hacia el partido Acción Nacional y que este, aprovechara la circunstancia para romper el quórum de la asamblea plenaria.

Lo que en 6 años como legislador, dijo, jamás se presentaron eventos como estos y que sean trasladados al Congreso contradicciones internas del partido al grado, dijo, de golpear a quien como integrante del movimiento y por primera ocasión dirige la máxima tribuna del Congreso del Estado.

También señaló que tampoco aprovecharon algún incidente escandaloso para suspender las sesiones o golpear a quien preside la mesa directiva, a pesar de las diferencias. Así las recriminaciones de Morena contra Morena y un poco para el PAN.

Tips al momento

Ni una semana tiene como Senador y Loera ya solicitó licencia 

Trascendió que este día que el senador por Morena, Juan Carlos Loera de la Rosa, solicitó licencia al cargo, sin especificar a dónde va y por cuánto tiempo es, pues únicamente se dio a conocer que se trata de una solicitud de licencia genérica…

Ni una semana tiene como senador electo por Morena, cuando ya inició con este tipo de peticiones, no obstante que se trató de localizarlo, pata confirmar la petición y obtener más información sobre esa solicitud, no se tuvo respuesta…

Sólo queda esperar a que legislador aclare las incógnitas que deja su  probable petición; además es importante señalar que apenas el día de ayer Loera de la Rosa, fue designado por el Senado de la República como presidente de la nueva Comisión del Senado, que se encargará de legislar sobre asuntos que determinan el desarrollo de la frontera norte…


Desechan impugnación de la reforma al PJF

Con respecto a la aprobación de la reforma al Poder Judicial en la Cámara de Diputados, la cual ya fue turnada al Senado, se publicó lo siguiente:

-Tribunal Colegiado desecha impugnación en contra de la suspensión provisional otorgada para impedir la discusión y votación, por la Cámara de Diputados, de la reforma constitucional al Poder Judicial en México

Por: Juan Felipe Ponce Morones, Maestro en Derechos Humanos

Cuernavaca, Morelos. En sesión celebrada a partir de las 9:23  horas, del 4 de septiembre del 2024, los Magistrados integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, Yolanda Velazquez Rebollo, Silvia Carrasco Corona y Juan Pablo Bonifaz Escobar, aprobaron por unanimidad de votos la sentencia dictada en el recurso de Queja 233/2024, mediante el cual se desecha el recurso de queja urgente interpuesto en contra de la suspensión provisional otorgada en el Juicio de Amparo 1251/2024 por el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Morelos.

La suspensión provisional fue otorgada de oficio para los efectos siguientes:

- No surta efectos para los quejosos, el proyecto de dictamen relativo a la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Federal, en particular los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116 y 122, discutido y aprobado el veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, por la Comisión de Puntos Constitucionales.
- Lo cual implica que dicho proyecto en particular no podrá ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura.

El recurso de queja fue desechado por falta de personalidad e interés jurídico del recurrente, para identificarlo como  tercero interesado en el juicio de amparo. 
En el presente caso, se ha considerado que no se encuentra acreditado que el recurrente cuente con interés jurídico para interponer el recurso, destacando  que la reforma al artículo 107, fracción I, de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio del 2011, que incorporó al ordenamiento jurídico mexicano la institución jurídica del "interés legítimo", sólo la previó para el quejoso, pues su razón de ser obedeció a generar apertura en su legitimación activa para acudir al juicio de amparo -y no así para el tercero interesado-. Lo anterior, al considerar lo contrario, esto es, que puede aducirse el interés legítimo para identificar al tercero interesado en el juicio de amparo, implicaría imponer al quejoso cargas procesales imposibles de cumplir, tales como obligarlo a señalar en su demanda a todos aquellos terceros que pudieran tener interés legítimo en la subsistencia del acto reclamado; y al juzgador se le obligaría a dictar todas las medidas que estime pertinentes con el fin de que se investigue el domicilio de dichos terceros interesados, lo que retrasaría la tramitación del juicio en perjuicio de la pronta impartición de justicia prevista en el artículo 17 constitucional. 
El desechamiento del recurso de queja en contra de la suspensión provisional, mantiene la vigencia de la orden federal otorgada en el juicio de amparo, para que la Camara de Diputados, no así a la de Senadores, se abstenga de llevar a cabo la discusión y votación de la reforma constitucional relativa a la reorganización del Poder Judicial en el país.
Toda vez que a la fecha, la Camara de Diputados ya discutió, aprobó y turnó el proyecto de decreto de reforma constitucional a la Camara de Senadores, se quedó sin materia la suspensión, en los términos en que fue otorgada, quedando  a salvo los derechos de la parte quejosa para promover un incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional. Si como resultado del incidente se demostrara que la autoridad responsable no ha cumplido con la suspensión o que lo ha hecho de manera excesiva o defectuosa, el órgano judicial, en su resolución, esta facultado para requerirle para que en el término de veinticuatro horas cumpla con la suspensión o que rectifique los errores en que incurrió al cumplirla, con el apercibimiento que de no hacerlo será denunciada al Ministerio Público de la Federación por el delito que, según el caso, establecen las fracciones III y IV del  artículo 262 de la Ley de Amparo.
El razonamiento para conceder la suspensión provisional, fue que a los quejosos, como integrantes del Poder Judicial de la Federación, se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, por lo que se les concede la suspensión para el efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse seria inatacable. Lo anterior, debido a que de negarse la suspensión, al momento de materializarse la reforma constitucional y cumplidos los plazos de la misma, los peticionarios quedarían en estado de indefensión si eventualmente fueran separados de sus cargos, además de que sería imposible restituirlos en el goce de sus derechos.

Al no haber variado las condiciones bajo las cuales se otorgó la suspensión provisional, se espera que a las 13:15 horas del 4 de septiembre del 2024, que se encuentra programada la audiencia para que se emita la resolución relativa a la suspensión definitiva, por parte de la licenciada Martha Eugenia Magaña López, Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, se otorgue la suspensión definitiva en contra de la reforma constitucional, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y  el proyecto de reforma no pueda ser discutido ni votado por  la Cámara de Senadores.


Morena vs Morena

El ex diputado local por Morena Gustavo De la Rosa Hickerson, a través de sus redes sociales, manifestó su solidaridad con la presidenta del congreso Elizabeth Guzmán y a la vez, condenar la invasión que hicieron a las instalaciones del Congreso militantes morenistas.

Según publicó, es inadmisible que un grupo de integrantes de Morena actuando sectariamente y tratando de superar sus limitaciones organizativas, hagan actos de provocación hacia el partido Acción Nacional y que este, aprovechara la circunstancia para romper el quórum de la asamblea plenaria.

Lo que en 6 años como legislador, dijo, jamás se presentaron eventos como estos y que sean trasladados al Congreso contradicciones internas del partido al grado, dijo, de golpear a quien como integrante del movimiento y por primera ocasión dirige la máxima tribuna del Congreso del Estado.

También señaló que tampoco aprovecharon algún incidente escandaloso para suspender las sesiones o golpear a quien preside la mesa directiva, a pesar de las diferencias. Así las recriminaciones de Morena contra Morena y un poco para el PAN.

Notas recientes