¿Cómo sería el proceso para sustituir a Joe Biden como candidato demócrata?

Washington (EFE).- El movimiento para reemplazar a Joe Biden como el candidato demócrata a las elecciones presidenciales de Estados Unidos en noviembre sigue ganando fuerza en el seno del partido. Estos son los pasos que debería seguir el Partido Demócrata para sustituirlo.

Aunque en el pasado, dos presidentes estadounidenses (Harry Truman en 1952 y Lyndon B. Johnson en 1968, ambos demócratas) decidieron no presentarse a la reelección en marzo del año en que se celebraba la votación, si Biden se retira será la primera vez que alguien lo hace tan tarde en el proceso electoral.

También sería la primera vez que un candidato se retira después de alcanzar la mayoría de los delegados en el proceso de primarias y a menos de un mes de que se celebre la Convención Demócrata, fijada para entre el 19 y 22 de agosto en Chicago.

El proceso

A pesar de todas estos obstáculos, el Comité Nacional Demócrata (DNC en inglés), encargado de organizar la convención, tiene normas para reemplazar a Biden.

1.- Joe Biden tiene que comunicar formalmente al DNC su decisión de retirarse.

2.- El DNC celebraría una reunión de emergencia en la que su comité de normas y reglamento establecería el proceso para efectuar el reemplazo. A partir de aquí, el proceso se complica dependiendo de la actitud de Biden.

3.- Si Biden decide retirarse después de ser nominado en la Convención Demócrata de agosto, el DNC puede decidir celebrar una convención especial para nominar a un nuevo candidato a la presidencia o designar de forma directa a la persona tras realizar consultas con los líderes demócratas.

Sin embargo, esta opción es prácticamente imposible por una razón técnica: cada estado tiene sus propias fechas límite para que los nombres de los aspirantes a la Presidencia aparezcan en las papeletas de noviembre.

La primera fecha límite era hasta hace poco la de Ohio, el 7 de agosto, aunque posteriormente se aprobó una ley estatal para cambiarlo. Debido a esa circunstancia, el DNC ha decidido que Biden sea ratificado como candidato demócrata de manera virtual y antes de la convención en agosto, como suele ser habitual.

Otros estados con fechas muy tempranas son Arkansas, el 25 de agosto, sólo tres días después del fin de la Convención Demócrata. Los últimos son Rhode Island, Virginia, Kansas, Maryland, Connecticut y Hawái el 3 de septiembre.

Si Biden se retirase antes de la convención de agosto

4.- Si Biden se retira antes de la convención de agosto, el sustituto se decidirá allí. Biden tendría una gran capacidad de determinar su sustituto ya que controla en estos momentos 3.908 de los 3.939 delegados. Las leyes de cada estado deciden cómo deben elegir esos delegados y 14 de ellos fuerzan, inicialmente, a votar al candidato que ganó la primaria estatal.

Biden también puede liberar a sus delegados para que voten con libertad a los posibles aspirantes que se presenten. El ganador sería el candidato que obtuviese el apoyo de al menos 1.976 delegados.

La otra posibilidad, remota por no decir casi imposible, es que Biden decida mantener su candidatura en contra de los deseos del DNC. En este caso, que supondría una verdadera guerra civil demócrata, un 95 % de los delegados de la Convención Demócrata estarían forzados a votar a Biden.

Sin embargo, en este caso, DNC podría usar la ‘opción nuclear’: reescribir las normas de la convención para que los delegados puedan votar a otro candidato.

Con información de EFE.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


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"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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