Si se elíge a jueces y magistrados por voto popular, que también aplique al gabinete presidencial

Certero en sus declaraciones el ministro de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, cuestionó la polémica reforma al Poder Judicial que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador y que está en la mesa de los legisladores y subrayó que de avanzar esta iniciativa para que magistrados y jueces sean elegidos por el voto ciudadano, propuso que la misma medida se aplique para elegir a los funcionarios que integran como titulares en el gabinete presidencial como secretarios de Estado, ya que son designados arbitrariamente por el presidente o en este caso por la presidenta electa, sin ofrecer un consenso a los ciudadanos sobre estos personajes.

En el marco de la conferencia virtual “¿Qué es el poder Judicial?” efectuada la noche del lunes y organizada por “Va por Todos Mx”, vinculada a la red Unid@s y a la “Marea rosa”, el ministro Aguilar subrayó que “me pregunto yo, por qué no se propone también que a los secretarios de Estado y Estados también se les elija en votación popular, son altos funcionarios que también tienen responsabilidades muy grandes, simplemente son designados por el titular del Poder Ejecutivo a su arbitrio y a su gusto, si vamos a poner a todos elección popular para justificarlos, pues yo creo que también debe proponerse eso, no quiero decir que sea lo correcto”, dijo.

Luis María Aguilar refirió que “no estoy de acuerdo en ninguno de los dos casos, ni que a los secretarios de Estado ni a que los jueces se les elija por el pueblo, pero si vamos aplicar esa regla que se aplique a todos por igual”, apuntó.

El ministro de la Máxima Corte del país advirtió que la elección de jueces y magistrados potr voto popular llevaría al sistema de impartición de justicia a personas con compromisos políticos y que han sido premiados por expresar apoyo en campañas. “Y si tienen compromisos, ya no son independientes, y si ya no son independientes no le sirven al pueblo de México”, por lo que se debe apoyar a las personas por su calidad y no por su simpatía o respaldo político.

En la misma línea, apuntó que esta reforma al Poder Judicial por tener carácter constitucional, “difícilmente” se podría “echarla para atrás”, ya que no estaría en las facultades de la Suprema Corte.

Aseguró que el país está en una “situación única” y que en los últimos 200 años no se había tenido “una problemática tan severa y preocupante” como la que supone la propuesta de reforma judicial del presidente Andrés Manuel López Obrador, y que está respaldada por la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum.

Asimismo, el ministro Aguilar resaltó que “el hecho de que se proponga elegir, jueces, magistrados y ministros simplemente por el voto de la ciudadanía, pues suena aparentemente muy bien, qué mejor que elijamos a los jueces, a los magistrados y ministros en votación del pueblo, pues sí parece ser una solución muy democrática, pero la verdad es en perjuicio de la calidad de la justicia y cuando uno va y quiere que lo defiendan, lo que uno quiere es que haya calidad en los jueces, que haya independencia. Por eso yo creo que ese sistema no puede ser, no debe ser aprobado porque además rompería con el sistema democrático que representa el Poder Judicial en los estados y en lo federal”.

Con información de Crónica.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


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"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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