Conoce las sanciones que pueden recibir funcionarios municipales al caer en una falta administrativa

Chihuahua, Chih. A 12 de julio de 2024.- Con el compromiso de garantizar la transparencia y la ética en el actuar de servidores públicos, el Órgano Interno de Control del Municipio de Chihuahua, invita a conocer qué es una falta administrativa y las consecuencias que conlleva.

Una falta administrativa es cualquier acción u omisión realizada por un empleado público que contraviene las leyes y reglamentos establecidos, cuando no cumple adecuadamente con sus responsabilidades o realiza actividades impropias en el ejercicio de su cargo.

Las faltas administrativas están sujetas a diversas sanciones, las cuales son aplicadas según la gravedad de la falta y con el objetivo de mantener la integridad y eficiencia en el servicio público:

Sanción económica: Consiste en la imposición de una multa monetaria que el empleado público debe pagar.

Amonestación pública o privada: El servidor público puede recibir una advertencia, ya sea de forma pública (con conocimiento general) o privada (de conocimiento interno).

Suspensión del empleo, cargo o comisión: Implica la suspensión temporal del empleado público, durante la cual no puede ejercer sus funciones.

Destitución del empleo, cargo o comisión: Resulta en la separación definitiva del servidor público de su puesto de trabajo.

Inhabilitación temporal: Significa la prohibición temporal de ejercer empleos, cargos o comisiones en el servicio público, así como la restricción para participar en contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

El Órgano Interno de Control es el encargado de imponer las sanciones por faltas administrativas no graves, mientras que el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa se encarga de las faltas graves. 

El Gobierno Municipal reitera su compromiso con la aplicación justa y equitativa de estas normativas, trabajando constantemente para fortalecer la cultura de legalidad y ética en el servicio público.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Notas recientes