Este miércoles la gobernadora Maru Campos ordenó la publicación en el Periódico Oficial del Estado a la reforma aprobada por el congreso del Estado a la Ley del Tribunal de Justicia Administrativa aprobada por el Congreso del Estado por el que se aumentan de 3 a 5 magistrados; al publicarse se cuentan desde este jueves 11 de julio 30 días para ser elegidos.
Esto ocurre a unos minutos de que se aprueba por el pleno del Congreso del Estado por el voto de 21 diputados del PAN, PRI y Adriana Terrazas, donde se instruye por parte de la presidencia a tramitar la publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Una vez concluido ello, es que se ha ordenado por la gobernador del Estado el que sea publicado en la gaceta oficial del gobierno el decreto LXVII/RFLEY/0886/2024 XIII P.E
El pleno del TEJA contará con Tres Salas Unitarias Administrativas. Dos Salas Unitarias Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas.
Cada una de las Salas Unitarias Administrativas, estará integrada por una Magistratura designada por el Pleno, y serán competentes para conocer y resolver en términos de lo previsto en esta Ley Orgánica, la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Chihuahua y demás ordenamientos aplicables en materia fiscal.
Las Salas Unitarias Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas, estarán integradas por una Magistratura designada por el Pleno, y serán competentes para conocer y resolver en términos de lo previsto en esta Ley Orgánica, la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Chihuahua, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás ordenamientos aplicables.
Se deberá designar a la persona titular de la Secretaría, a propuesta de la persona titular de la Presidencia, así como a las secretarías de acuerdos de las Salas Unitarias, a propuesta de las personas titulares de cada Sala.
El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, hasta en tanto el Congreso del Estado de Chihuahua no designe las magistraturas vacantes, seguirá funcionando bajo la modalidad previa a la aprobación del presente Decreto.
El Congreso del Estado de Chihuahua, deberá designar, dentro de los treinta días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, a las dos personas que habrán de ocupar las magistraturas vacantes, y entrarán en funciones inmediatamente después de rendir su protesta de Ley.
Una vez que entren en funciones las personas titulares de las magistraturas electas conforme al presente Decreto, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, contará con treinta días hábiles para integrar las Salas Unitarias.
Una vez conformadas las Salas Unitarias, el Pleno deberá sesionar, dentro de los treinta días naturales posteriores, con la finalidad de designar o ratificar a la persona que ocupe la Presidencia del mismo, en función de su nueva integración.
El Congreso del Estado de Chihuahua, dentro del plazo de trescientos sesenta y cinco días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá armonizar la legislación necesaria para adecuar el marco normativo con este Decreto.
Los procedimientos y recursos administrativos que se encuentren en trámite, deberán ser reasignados a las Salas Unitarias correspondientes, en términos del presente Decreto.
El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, dentro de un plazo que no exceda de ciento ochenta días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá emitir nuevas disposiciones con la finalidad de armonizar su normatividad interna con el mismo.
Se abroga el Decreto No. LXVII/RFLEY/0642/2023 I P.O., aprobado por el Pleno del H. Congreso del Estado, en fecha veinticuatro de octubre del año dos mil veintitrés. ARTÍCULO DÉCIMO.- Háganse las medidas administrativas, financieras, presupuestales u operativas a que haya lugar, para el cumplimiento del presente Decreto, siguiendo los procedimientos correspondientes; por las instancias que resulten competentes.