Es falso que existe una lista de apellidos que puedan recibir la ciudadanía española

Circulan en redes sociales, distintas publicaciones que indican: “Si tu apellido aparece en esta lista podrás recibir la nacionalidad española”. Además, agregan que “España permite a una serie de personas con origen judío solicitar la ciudadanía luego de que dicho sector fuera expulsado del país en 1942”. Sin embargo, esto es falso.

Según el Ministerio de Justicia de España, actualmente hay 6 alternativas para acceder a la nacionalidad y ninguna de ellas está vinculada a una lista específica de apellidos.

Según el sitio de fact-checking español Newtral, que también verificó esta desinformación, esta lista de apellidos apócrifa circula, por lo menos, desde febrero de 2014 en el marco de la aprobación de un anteproyecto de ley que buscaba reformar el artículo 23 del Código Civil de España para facilitar el acceso a la nacionalidad a los sefardíes –término adjudicado a personas judías que vivieron en Castilla y Aragón y que fueron expulsados por los Reyes Católicos en 1492-.

Las publicaciones en Facebook redirigen a dos web distintas que hacen referencia al beneficio de la nacionalidad española para quienes “tengan descendencia de los judíos”. Uno de estos sitios web asegura falsamente que en España se está impulsando un “proyecto que incluye no solo a originarios del lugar sino que también a ciudadanos de otros países”, sin precisar cuáles.

Sobre la lista de apellidos

Una de las opciones para acceder a la nacionalidad es para sefardíes, a partir de una ley aprobada el 24 de junio de 2015. Esta opción rige ??para “todos aquellos sefardíes que prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país”, sin mencionar ningún apellido específico.

Entre 2014 y 2015 varios medios de comunicación se hicieron eco sobre el número de veces que fue compartida el falso listado de apellidos que permitiría supuestamente a las personas sefardíes acceder a la nacionalidad de España a través de una nueva ley impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy. La iniciativa fue aprobada por el Congreso el 24 de junio de 2015, pero no contempló una lista de apellidos.

El propio Ministerio de Asuntos Exteriores alertó en febrero de 2014 que estaba circulando por la lista mencionada y atribuida al Gobierno español: “Esta lista es falsa. Se trata de un bulo propagado en Internet que no tiene fundamento alguno, ya que no se ha publicado ni se tiene previsto publicar lista de apellidos alguna”.

Según lo establecido por el proyecto de Ley aprobado en 2015, las personas que desearan solicitar la nacionalidad española por su condición de sefardí debían formalizar hasta 2018, pero podría ser “prorrogado hasta un año más si así lo determina un Acuerdo del Consejo de Ministros”.

Así, el proceso cerró el 1 de octubre de 2019 con 132.226 solicitudes de nacionalidad española. El 14 de junio de 2020 la Justicia prorrogó hasta septiembre de 2021 el plazo para corregir errores en el proceso de adquisición de nacionalidad para los sefardíes.

En conclusión

España no otorga la nacionalidad a quienes tengan uno de los apellidos que aparecen en una lista viral que circula en redes sociales

El Ministerio de Justicia de España establece seis opciones para acceder a la nacionalidad, pero ninguna está relacionada con una lista de apellidos. El bulo circula desde 2014 y fue desmentido entonces por el Ministerio de Exteriores.

Con información de Verificado.

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

según los comunistas de este partido, exclaman que "Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia. La Reforma Judicial que impulsó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, alcanzó en tiempo récord el respaldo de los 18 congresos estatales que requería para ser promulgada, después de haber sido aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, de acuerdo con reportes de Russia Today"

Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

Tips al momento

Con comunicado, comunistas de Cuba celebran la reforma judicial de México

A través de un comunicado, el Partido Comunista de Cuba celebró la reforma judicial de México, aprobada por la aplastante mayoría de Morena.

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Le agradecen los comunistas a Tamaulipas por ser el estado 17 que logró el número que el Gobierno necesitaba para que el proyecto entrara en vigor antes de que López Obrador termine su Presidencia, el próximo 1ro. de octubre.

"La aprobación de la Reforma Judicial quizá sea el más significativo hecho que involucra a toda la nación, y que tiene en el presidente Andrés Manuel López Obrador a su mayor impulsor, dentro del proyecto de justicia social que llevó adelante.
Con la novedad de que ahora se permite elegir a los jueces a través del voto popular, serán los ciudadanos del país los encargados de nominar a quienes imparten justicia", agregan en el texto.

Y concluyen "El presidente López Obrador ha reafirmado que la Reforma Judicial busca limpiar de corrupción a la justicia. Algunos sectores de la oposición, algunas ong, así como Estados Unidos, se han pronunciado contra el proyecto que ya fue aprobado".

 


Ministra Norma Piña defiende la división de poderes 

"La controversia constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional", publicó en sus redes personales acompañada de una infografía.

Controversia constitucional
¿Qué es?
Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autó- nomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
¿QUIÉN PUEDE PROMOVERLA?

  • Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
  • Los Municipios
  • El Poder Ejecutivo Federal
  • Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
  • Órganos constitucionales autónomos federales y estatales.


¿QUIÉN Y CÓMO RESUELVE?
Tratándose de leyes resuelve el Pleno de la Corte. Podrá determinar su invalidez general cuando 8 de las 11 personas ministras voten por el proyecto de inconsti- tucionalidad que presente la ministra o ministro a quien se le asigne el caso.
Si sólo alcanza 6 votos (ma- yoría simple) la invalidez aplicaría solamente para las partes involucradas.
Cuando se trata de actos u omisiones resuelven las Salas de la Corte, con el voto de 3 de las 5 ministras y ministros que las integran.

¿Cómo funciona?
Una vez publicados los decretos en el Diario Oficial de la Federación:
Se presenta la demanda dentro de los 30 días hábiles siguientes.
Se designa a la ministra o ministro instructor.
Se admite o se desecha. De ser el caso, se dicta suspensión y se le avisa a la parte que la promovió.
Se fija fecha de la audiencia y se celebra.
Se contesta la demanda.
Se presenta el proyecto de resolución.
Se discute el proyecto y se emite la sentencia.
Se publica la sentencia en el DOF, para su cumplimiento.
 

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