Ismael Burgueño Ruiz, aspirante a la alcaldía de Tijuana y hasta hace poco dirigente estatal en Baja California de Morena, enfrenta una situación legal que lo imposibilitaría para tal aspiración: es deudor alimentario.
Fue desde finales de 2014 cuando Burgueño abandonó a su esposa e hijos, dejándolos en una situación de desamparo; Claudia “N”, madre de los hijos de Burgueño, presentó una demanda por incumplimiento de pago de pensión alimenticia el 5 de octubre de 2015.
Entonces Ismael Burgueño simuló haber consignado la pensión alimenticia en diciembre de ese año, ofreciendo un comprobante de $2,000 pesos como prueba de su supuesto cumplimiento.
Sin embargo, este monto no cubría las necesidades de sus hijos durante casi un año de abandono; a pesar de este intento, el 13 de noviembre de 2017, el Juez Primero de lo Familiar de Tijuana, BC, en el expediente 2251/2015, lo sentenció y condenó como moroso.
El 29 de noviembre de 2017, Ismael Burgueño apeló la sentencia que garantizaba a sus hijos el derecho a recibir sus alimentos. Ante esta práctica dilatoria, los magistrados de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, integrada por Alejandro Isaac Fragoso López, actual presidente del TSJE, Olimpia Ángeles Chacón y Columba Amador Guillén, tomaron una decisión contundente en el expediente con número de Toca Civil 0243/2018: confirmaron la sentencia que condenaba a Burgueño por su negligencia, en perjuicio de sus hijos.
Aunque la sentencia quedó firme, Ismael Burgueño continuó intentando evadir su responsabilidad, alegando insolvencia para no pagar los alimentos debidos.
Reformas constitucionales establecen que aquellos que estén registrados como deudores alimentarios no podrán ocupar cargos públicos debido a su deuda con sus hijos, no sólo en términos económicos, sino también morales.
Por ello, la situación de Ismael Burgueño sería motivo suficiente para descalificarlo como candidato.
Es una medida necesaria para garantizar que quienes buscan representar a la comunidad sean personas responsables y comprometidas con el bienestar de sus seres queridos.
Ley 3 de 3: Protegiendo a la Sociedad
La Ley 3 de 3 es una reforma constitucional que prohíbe otorgar cargos públicos a deudores alimentarios y agresores sexuales.
Esta ley, aprobada por el Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que: Deudores Alimentarios, aquellos que no cumplen con sus obligaciones de pensión alimenticia, no pueden ocupar empleos en el gobierno a nivel federal, estatal o municipal, ni ser postulados para cargos de elección popular.
Esta ley es un paso importante para proteger a la sociedad y garantizar que quienes ocupan posiciones de poder sean personas íntegras y comprometidas con el bienestar de todos.
Con información de Crónica.