Impulsan reforma para crear el Registro Nacional de Personas Agresoras Sexuales y Feminicidas

Con el fin de crear el Registro Nacional de Personas Agresoras Sexuales y Feminicidas, como una base de datos del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública (SNSP), la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres (PAN) propuso reformar diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La iniciativa, que también modifica diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se turnó a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana y de Igualdad de Género para dictamen.

Establece que el Registro “se conformará por los datos que proporcionen las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, incluyendo personas procesadas y sentenciadas por la comisión de delitos contra la indemnidad de privacidad de la información sexual, delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, y el delito de feminicidio”.
 

Subraya que, en el caso de la información en posesión del Poder Judicial Federal y los Tribunales de Justicia estatales, relativa a personas sentenciadas por los delitos señalados, se compartirá mediante convenios, de conformidad con los lineamientos y demás disposiciones aplicables.

Menciona que la información del Registro se gestionará, mantendrá y actualizará conforme a la temporalidad, modalidades y niveles de acceso establecidos en los lineamientos que, para tal efecto, emita el Centro Nacional de Información.

Agrega que las bases de datos contenidas en el Registro podrán ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública y el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, con fines estadísticos, de inteligencia y para el diseño de políticas criminales y de reinserción social.

Detalla que las estadísticas nacionales, estatales y municipales podrán compartirse con el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, a través de su Secretaría Ejecutiva, y con la Comisión Nacional Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, mediante los convenios respectivos, a fin de proveer la información necesaria para la elaboración de diagnósticos y estudios especializados, así como para el diseño de programas y protocolos.
 

La iniciativa puntualiza que todas las autoridades con acceso al Registro y aquellas que envíen y reciban información a través de convenios se sujetarán a las disposiciones aplicables sobre el tratamiento de datos personales y se regirán por el respeto a los derechos humanos.

Menciona que el Registro deberá contener como mínimo, de manera enunciativa, más no limitativa, nombre de la persona agresora, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, alias, nacionalidad, estado civil, escolaridad, ocupación o profesión, señas particulares, fotografía, ficha signalética (cuando corresponda), y exposición de los hechos por los que se genera la inscripción.

En lo que respecta a la modificación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, menciona que corresponde a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, elaborar estudios especializados y diseñar programas y protocolos, en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), que coadyuven a la prevención y erradicación de los delitos sexuales y el feminicidio, tomando en consideración la información recibida del Registro.
 

La exposición de motivos de la iniciativa señala que la cifra de delitos contra la libertad y la seguridad sexual se considera alarmantemente alta si se toma en consideración que, de acuerdo con la Encuestas Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), las mujeres encuestadas de quince años y más señalaron haber sufrido violencia física y/o sexual y apenas el 7.76 por ciento de ellas denunció los hechos.

Explica que las conductas sexuales delictivas no constituyen un hecho aislado en relación con quien las comete, pues diversos estudios revelan que este fenómeno es multisistémico en el que se conjugan factores socio-ambientales, del sistema familiar, psicológicos individuales y estructuras de poder dominantes en la población.

Afirma que es necesario mejorar los instrumentos jurídicos, normativos y de política pública que disminuyan los delitos que atentan contra la libertad, la seguridad sexual y la vida.

Destaca la importancia de que las bases de datos posibiliten la generación de estadísticas nacionales, estatales y municipales para identificar las causas y pautas de comportamiento de este delito, a partir de las cuales las autoridades administrativas y penitenciarias puedan diseñar mecanismos y programas específicos para su prevención.

Tips al momento

Lamenta Marco Bonilla muerte de Florencio Ramos Baeza

A través de las redes sociales, el alcalde de Chihuahua, Marco Bonilla, lamentó el fallecimiento  del señor Florencio Ramos Baeza, padre del secretario de la Unión Ganadera Regional de Chihuahua, Florencio Alfonso Ramos Quevedo.

"Con profundo pesar, lamento el fallecimiento del señor Florencio Ramos Baeza, padre del secretario de la Unión Ganadera Regional de Chihuahua, Florencio Alfonso Ramos Quevedo. Acompaño a su familia y amigos en estos momentos difíciles, esperando que encuentren pronto consuelo y resignación en Dios. Que descanse en paz", publicó en redes sociales el alcalde de Chihuahua.


Pifia en publicación de decreto

Vaya pifia la cometida en la elaboración y en la publicación relativa a la reforma judicial, en el decreto LXVIII / RFCNT/ 0172/ 2024 I P.O., emitido por la sexagésima octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, que fue enviado por el H Congreso del Estado, para su publicación, por parte del Ejecutivo, en el periódico oficial, pues se hizo a nombre del exgobernador Javier Corral Jurado, en lugar de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

En la edición correspondiente al 25 de diciembre de 2024, el decreto inicia, señalando que “EL CIUDADANO LICENCIADO JAVIER CORRAL JURADO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVDO EMITIR EL SIGUIENTE DECRETO”; lo anterior en lugar de hacerlo a nombre de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

Así que, habrá de verse qué procede con ese documento publicado, pues seguramente afecta la validez del documento, por lo cual puede proceder una fe de erratas o hasta una nueva publicación, según se considere.

Habrá que ver las repercusiones, que tenga esa publicación durante el día.

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En la edición correspondiente al 25 de diciembre de 2024, el decreto inicia, señalando que “EL CIUDADANO LICENCIADO JAVIER CORRAL JURADO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVDO EMITIR EL SIGUIENTE DECRETO”; lo anterior en lugar de hacerlo a nombre de la actual mandataria, María Eugenia Campos Galván.

Así que, habrá de verse qué procede con ese documento publicado, pues seguramente afecta la validez del documento, por lo cual puede proceder una fe de erratas o hasta una nueva publicación, según se considere.

Habrá que ver las repercusiones, que tenga esa publicación durante el día.

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