ANIMAL POLÍTICO. – La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió al empresario Ricardo Salinas Pliego borrar 70 tuits de presunta violencia política de género en contra de la senadora Citlalli Hernández, y tres días después del plazo legal que le fijaron los mensajes siguen en su cuenta.
Y no solo eso, en una revisión El Sabueso ubicó que Salinas Pliego, del 13 al 16 de agosto, él ha tuiteado y retuiteado al menos 46 mensajes adicionales alusivos a Citlalli Hernández, en los que continúa burlándose de su apariencia física.
Especialistas explicaron que las medidas de retiro de tuits que solicitó el INE son cautelares o de prevención para evitar un daño, pero que la instancia facultada para en su momento sancionar este tipo de conductas es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
¿QUÉ SANCIONES PODRÍA ENFRENTAR EN ESTE CASO EL DUEÑO DE TELEVISIÓN AZTECA?
Desde amonestación pública y multa, hasta cárcel
Al incumplir con las medidas cautelares y persistir en violencia política de género las sanciones pueden ir desde un apercibimiento, hasta una amonestación pública, una multa y 36 horas de cárcel con uso de la fuerza pública, según la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
La Sala Regional Especializada del TEPJF fijaría inicialmente los montos y plazos de las sanciones, y si el asunto es impugnado pasaría a manos de la Sala Superior del Tribunal.
El Tribunal también determinaría las medidas que deban tomarse para la reparación del daño, que pueden ser pedirle que vaya a un curso de violencia política contra las mujeres en razón de género, o que se disculpe públicamente.
“Lo que consiste en la cárcel es ya cuando hay una negativa completa, donde no cumple no solo las medidas de apremio, sino se niega a captar la sentencias y una serie de cosas más”, explicó el abogado y analista político Ernesto Guerra.
En este proceso Salinas Pliego interpuso un recurso de revisión ante el TEPJF, en contra de la resolución interpuesta por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE el 15 de agosto. El Tribunal será el que defina el caso.
La abogada y activista especializada en asuntos de violencia de género, Sonia Itzel Gutiérrez Olvera, señala que este caso puede sentar un precedente, con el INE y el Tribunal Electoral procurando garantizar el acceso a una vida libre de violencia a la senadora y a todas las mujeres.
Gutiérrez Olvera considera que la denuncia incluso pudo ser ante la Fiscalía General de Justicia por violencia psicológica. En tanto el abogado y especialista en Derecho Constitucional, Arturo Rodríguez, coincide en que la funcionaria también tenía la opción de acudir la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas, y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
En cuanto a las posibles sanciones, Rodríguez Gutiérrez reitera que el empresario puede ser acreedor a una multa económica y también puede valerle la inscripción en el registro de violentadores, aunque él no tenga pretensiones políticas, además, ya que continúa publicando mensajes alusivos a la senadora pese a la medida cautelar puede obtener otra sanción por conducta reiterada.
“Pero esto es más político que otra cosa”, dijo a El Sabueso.
EL INE ESTÁ FACULTADO PARA EMITIR MEDIDAS CAUTELARES CONTRA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
Tras el anuncio de la medida cautelar contra Salinas Pliego, se generó un debate sobre si el INE sí estaba facultado para pedir medidas a particulares por violencia política de género, como el retiro de tuits.
De acuerdo con el artículo 456 en el inciso ‘E’, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, tanto ciudadanos, dirigentes y afiliados a los partidos políticos o cualquier persona física o moral pueden ser sujetos a una amonestación pública.
“El INE sí está facultado”, sentencia Ernesto Guerra, quien explica que en 2020 luego de las modificaciones a diversas reformas le dieron esta facultad al instituto.
En abril del 2020 el Diario Oficial de la Federación publicó varias reformas a la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en las que faculta e integra al INE al Sistema Nacional para prevenir, atender, sanciona y erradicar la violencia contra las mujeres.
En el artículo 36 dice que este sistema se conformará por las personas titulares o representantes legales de varias instituciones que incluyen al INE, de igual forma, en el apartado de las órdenes de protección, en el artículo 27, señala que:
“En materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral, los Organismos Públicos Locales Electorales y los órganos jurisdiccionales electorales locales podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas a que se refiere el presente Capítulo”.
¿QUÉ TIPO DE VIOLENCIA POLÍTICA SE ACUSA EN LOS TUITS DE SALINAS PLIEGO?
La Ley define como violencia política contra las mujeres en razón de género a “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, además especifica que puede ser ejercida por particulares, como es el caso del empresario televisivo”.
En el acuerdo de medidas cautelares explica que la VPMRG ejercida por Salinas Pliego es conocida como body shaming o vergüenza corporal, que consiste en el acto de criticar la apariencia corporal de una persona sin su consentimiento, pues las publicaciones denunciadas corresponden a criticar su aspecto físico como talla y peso.
“A las mujeres se les exige tres veces más que a los hombres y encima de todo que sea perfecto (…) Yo creo que la violencia política de género va mucho mucho por ahí, porque las mujeres constantemente tienen que estar jugando un juego de hombres diseñado por hombres para hombres”, explicó a El Sabueso Giovanna Villalobos, activista y fundadora de ‘Alto’, colectiva feminista que tiene como objetivo erradicar la violencia de género.
La activista señala que cualquier cosa que tenga que ver con sus funciones como servidora pública es algo que Salinas Pliego le pudo haber señalado a la senadora; sin embargo, decidió referirse a su físico, situación que además no se replicaría hacia un hombre.
“Cuando nos paramos y vemos un político a hablar, de cualquier parte del mundo, nunca decimos ‘ay, qué feo se le ve ese traje o subió de kilitos, hay que gordo’”, explicó.
“Es un tema de poder completamente, es un tema de misoginia en forma de poder y escondida en libre expresión”, enfatizó Villalobos.
Por Ave Velázquez
Tomado de Animal Político