La diputada presidenta del Congreso del Estado, Georgina Bujanda Ríos, propuso reformar la Ley de Apoyo y Protección a Migrantes así como la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar el reconocimiento y respeto de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes y de personas vulnerables migrantes.
“A pesar de los instrumentos internacionales, de las leyes nacionales así como de los esfuerzos hechos por los gobiernos y sociedad civil, escuchamos cada vez más noticias de que niñas, niños y adolescentes se encuentran obligados a cruzar fronteras ante la violencia que viven en sus lugares de origen, o la falta de oportunidades en materia de educación, salud, vivienda, alimentación, incluso el resquebrajamiento de la unidad familiar. Si de por sí, esto ya es un riesgo es peor cuando las y los menores deben enfrentar el viaje sin sus padres o no acompañados de personas responsables de su cuidado”, dijo.
Recordó que en 2020, 11,514 niñas, niños y adolescentes extranjeros fueron detectados por las autoridades migratorias, 93% provenían de países centroamericanos, mientras que cerca de 12,549 niños y adolescentes mexicanos fueron repatriados de Estados Unidos a México.
“Nuestra legislación debe de contemplar el principio de no detención de niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad en estaciones migratorias para que en su lugar se les brinde alternativas de cuidado; el reconocimiento del interés superior de la niñez como elemento central de la protección de derechos; y la regularización migratoria de niños, niñas y adolescentes para garantizar ante todo sus derechos y evitar su retorno expedito”, acotó.
Por ello propone establecer de manera más amplia y específica en el cuerpo de la ley que se deberá velar primordialmente por la protección de sus derechos, con el propósito de que los mismos sean respetados en todo momento.
Asimismo garantizar y atender, los derechos y principios de Niñas, Niños y Adolescentes migrantes en el Estado de Chihuahua, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios.
Que las personas migrantes con discapacidad, indígenas y adultos mayores reciban una atención especial debido a su condición de vulnerabilidad y las autoridades velen por su seguridad.
Se deberá atender con especial atención en las personas o grupos en situación de vulnerabilidad como lo son: niñas, niños y adolescentes, mujeres, indígenas, personas con discapacidad y las personas adultas mayores, así como las víctimas del delito;
Las personas independientemente de su situación migratoria, tendrán derecho a la procuración e impartición de justicia, respetando en todo momento el derecho al debido proceso, así como a presentar quejas en materia de derechos humanos, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política para el Estado de Chihuahua y demás leyes aplicables.
En el caso de niñas, niños y adolescentes migrantes se garantizarán y atenderán, los derechos y principios establecidos para éstos en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Chihuahua, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios.
En los procedimientos aplicables a niñas, niños y adolescentes migrantes, se deberá brindar atención especial, además de generar acciones de acompañamiento, así como informar dicha circunstancia a la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia o municipal respectivo; ello tendiente a la pronta adopción de medidas para la protección de sus derechos que, bajo el principio de interés superior de la niñez, garanticen su mayor protección.
El DIF Estatal a través de la Procuraduría de Protección coadyuvará con las personas defensoras de derechos humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, para garantizar la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes.